Audiencia Nacional
Los cuatro etarras han sido condenados por la Audiencia Nacional por el intento de asesinato de la pareja de periodistas en el año 2000.
La Audiencia Nacional ha condenado a los etarras Patxi Xabier Macazaga, Jon Zubiaurre, Imanol Miner y Asier García a 74 años y 4 meses de cárcel por el intento de asesinato a una pareja de periodistas en el año 2000.
La justicia ha dictaminado que los cuatro etarras son responsables del atentado fallido contra Juan Palomo, compañero de Antena 3 Noticias, su mujer, la periodista de 'El País', Aurora Intxausti, y su hijo de un año y medio.
Los miembros de la banda terrorista ETA colocaron el 10 de noviembre de 2000 una bomba en la puerta de la vivienda en la que residía la familia con la "única finalidad causar" la muerte del matrimonio y su hijo de 18 meses. Pero nunca llegó a explotar. Durante la vista judicial, todosconfesaron su participación en la colocación de la bomba.
La Sala de lo Penal condena a cada uno de los acusados a tres delitos de asesinato terrorista en grado de tentativa (19 años y 10 meses de cárcel por cada delito) y a 14 años y 10 meses por uno de estragos terroristas también en grado de tentativa.
El tribunal explica que concurre la alevosía en la medida en que el artefacto aseguraba el resultado mortal pretendido sin posibilidad de defensa alguna por parte de las víctimas.
También se le impone a los cuatro etarras la prohibición de aproximarse a las víctimas del atentado y a su domicilio, lugar de trabajo y lugares frecuentados por ambos durante cinco años una vez cumplida la pena de prisión. Así como comunicarse con ellos. Los magistrados imponen una indemnización a Aurora Intxausti con aproximadamente 150.000 euros y a Juan Palomo con 75.000.
La pareja de periodistas relató durante su declaración en el juicio que el intento de asesinato dejó una herida en su vida. "Supuso que toda nuestra familia y nuestros amigos quedaran marcados. (...) Supuso cambiar todas nuestras relaciones. Y marcar toda nuestra vida", aseguró Palomo.
"Es incuestionable el daño moral experimentado por ambos pues se vieron gravemente atacados en su propio domicilio de una manera inesperada y con altas probabilidades de haber podido perder su vida y la de su hijo", dice la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Un hecho que provocó el "temor a ser atacados de nuevo" y por el que se vieron obligados a abandonar su residencia. "Tras el atentado tuvieron que cambiar de ciudad y de lugar de trabajo y alejarse con ello de su entorno familiar y de sus relaciones sociales. Cuando tenían que regresar al País Vasco debían contar conprotección policial", destaca el fallo.
El ataque se produjo el 10 de noviembre de 2000, sobre las 08.00 horas cuando el periodista Juan Palomo abrió la puerta para ir a trabajar y escuchó una explosión similar a la de un petardo, observando sobre el felpudo una maceta con una planta. En ese momento, la pareja y su hijo se resguardaron en el interior de la casa, en el lugar más alejado de la puerta.
El artefacto explosivo, compuesto por dos kilos y medio de dinamita, estaba preparado para que se activara al abrir la puerta del domicilio, pero no llegó a explotar porque falló la conexión entre el detonador y el explosivo.
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