EL PRESIDENTE ES AFILIADO AL PP

El Constitucional defiende que sus magistrados puedan militar en partidos

Ante la polémca levantada porque Francisco Pérez de los Cobos, presidente del Tribunal Constitucional, es militante del Partido Popular, la institución ha defendido que los magistrados no tienen incompatibilidad para militar en el partido que deseen. Se ha convocado a los magistrados a un pleno informal para tratar el asunto.

Francisco Pérez de los Cobos, presidente del Tribunal Constitucional (TC), ha convocado a los magistrados a un pleno informal esta mañana, a raíz de una polémica tras saberse que milita en el Partido Popular, y después de la reunión, el TC ha hecho pública una nota. En ella, el organismo se define como "una institución del Estado que, al igual que sus magistrados, no forma parte del Poder Judicial".

"El artículo 159.4 de la Constitución fija que la condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible, entre otros supuestos, 'con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos'", dice también la nota. "Por el contrario, el artículo 127 de la propia Constitución prohíbe a los miembros del Poder Judicial la pertenencia a partidos políticos o sindicatos, sin distinguir entre la simple militancia y el desempeño de funciones directivas", añade.

"La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional ofrece en su artículo 19.1 una redacción idéntica a la del 159.4, al referirse al régimen de incompatibilidades de sus magistrados", dice también la nota del TC.

"La jurisprudencia del Tribunal Constitucional así lo ha aplicado en el Auto 226/1988, de 16 de febrero, señalando claramente que "la Ley Orgánica de este Tribunal, de aplicación prioritaria respecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no impide que los Magistrados de este Tribunal puedan pertenecer a partidos políticos y sólo se les impide ocupar dentro de los partidos cargos de carácter directivo".

"La Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por consiguiente, no establecen para los magistrados del Tribunal Constitucional incompatibilidad alguna con el hecho de pertenecer o haber pertenecido a partidos políticos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales", concluye.

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