Referéndum Cataluña 1-O

¿Cómo controla Hacienda los pagos de la Generalitat?

Una página web puesta en marcha por el Ministerio de Hacienda explica las las medidas de control que se han impuesto a la Generalitat de Cataluña para evitar la orgnanización del 1-O. Además, se ha creado un correo electrónico para consultas.

El Ministerio de Hacienda ha puesto en marcha una página web con la información sobre las medidas de control que se han impuesto a la Generalitat de Cataluña para evitar la orgnanización del 1 de octubre y desde la que se pueden descargar los certificados de legalidad que exige Hacienda para contratar, pagar facturas o cobrar de la administración catalana. Además, se ha creado un correo electrónico para consultas.

En la página web se presenta la documentación pública relativa a las medidas adoptadas. Se pueden consultar las dos Ordenes de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos (CDGAE) sobre medidas en defensa del interés general y en garantía de los servicios públicos fundamentales en la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como por la que se declara la no disponibilidad de créditos en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Cataluña para 2017 y se facilita el listado de entidades de Cataluña afectadas por estas medidas, unas 360 en total ordenadas por orden alfabético, desde la empresa Actius de Muntanya, S.A., hasta Vila Universitària, S.L.

También se puede descargar diversa documentación. En la web está disponible el modelo de declaración responsable que pueden firmar los proveedores de la administración catalana al emitir una factura y con la que dejan constancia de que el bien o servicio contratado "no está destinado a la realización de las actividades vinculadas con la financiación de actividades ilegales, ni contrarias a las decisiones de los tribunales".

Igualmente se puede descargar el modelo de declaración responsable que cualquier órgano de contratación catalán y los interventores de la Generalitat deben remitir al adjudicatario de un bien o servicio y al Ministerio de Hacienda y en la que consta que no hay relación alguna con el referéndum.

Asimismo existe un enlace a la plataforma habilitada por la Agencia Tributaria en la que se puede obtener la Certificación previa para que las entidades de crédito realicen pagos de organismos de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Por otra parte, se incluye la dirección de correo electrónico soporteordenpago@correo.aeat.es para solucionar las dudas relacionadas con la práctica de órdenes de pago.

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