España Madrid Barcelona

Caso Koldo

Comisiones, pagos mensuales y enchufes: qué da por probado el Supremo en el caso mascarillas

El Tribunal Supremo concluye que la trama obtuvo contratos públicos de mascarillas mediante comisiones y sitúa a Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama en una organización con reparto de funciones.

Ábalos, Koldo y Aldama Antena 3 Noticias

La sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso mascarillas da por acreditados los principales hechos que sostenía la Fiscalía contra el exministro José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama. La resolución concluye que los tres actuaron dentro de una organización criminal dedicada a obtener beneficios económicos mediante adjudicaciones públicas, pagos de comisiones y otras contraprestaciones relacionadas con la actividad del Ministerio de Transportes.

El fallo condena a Ábalos a 24 años y tres meses de prisión, a Koldo García a 19 años y ocho meses y a Aldama a cuatro años y medio. En el caso del empresario, el Supremo acuerda suspender la ejecución de la pena al apreciar una colaboración con la Justicia que considera determinante durante la investigación.

Contratos de mascarillas y reparto de comisiones

La Sala considera probado que la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a Aldama, obtuvo contratos para el suministro de mascarillas por un importe de hasta 13 millones de euros procedentes de Puertos del Estado y Adif. Según la sentencia, el empresario canalizó las comisiones obtenidas a través de dos sociedades, alcanzando 6,6 millones de euros, parte de los cuales estaban destinados a Ábalos y Koldo García.

Los magistrados sostienen que la empresa adjudicataria conocía detalles de los contratos antes incluso de que los responsables de los organismos públicos tuvieran conocimiento de la operación. También concluyen que Ábalos y su exasesor reclamaron al empresario dos millones y 500.000 euros, respectivamente, cantidades que Aldama incluyó en sus previsiones de gastos.

Pagos, viviendas y contrataciones

La resolución recoge que Aldama entregó 10.000 euros mensuales para cubrir los "gastos fijos" de Ábalos entre octubre de 2019 y junio de 2022. A ello se sumaron otras ventajas económicas, como el pago del alquiler de la vivienda ocupada por Jésica Rodríguez en la Torre de Madrid y el contrato de arrendamiento con opción de compra de un inmueble situado en el Paseo de la Castellana.

El Supremo entiende que este último contrato no perseguía el uso de la vivienda, sino garantizar el cobro de futuras comisiones. En la misma línea, también considera acreditado el alquiler de inmuebles en Marbella y La Línea de la Concepción vinculados a gestiones relacionadas con el rescate de Air Europa y la obtención de una licencia de hidrocarburos.

La sentencia también da por probada la contratación de Claudia Montes en Logirail tras un mensaje de Ábalos a Koldo García en el que solicitaba buscarle un puesto "en Renfe, ADIF o alguna de sus subcontratas". El tribunal sostiene igualmente que Jésica Rodríguez fue contratada en empresas públicas para percibir un salario sin desarrollar actividad laboral, tras las gestiones realizadas por Ábalos y su exasesor.

Una organización con funciones definidas

Para el Supremo, los tres condenados formaban una organización criminal con "vocación de permanencia" en la que cada integrante desempeñaba un papel concreto. La sentencia sitúa a Ábalos como la persona que aportaba la influencia derivada de sus responsabilidades institucionales, a Koldo García como el encargado de ejecutar las gestiones y a Aldama como el empresario que captaba compañías interesadas en acceder a contratos públicos y abonaba las comisiones correspondientes.

Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y no te pierdas la última hora y toda la actualidad en nuestro perfil de Google.