Ley del aborto
El órgano de gobierno de los jueces cree que en algunos casos, la ley del aborto no explica ni justifica "convenientemente" las modificaciones introducidas.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha emitido este viernes un informe sobre la nueva ley del aborto, anteproyecto impulsado por el Ministerio de Igualdad. En él los magistrados reconocen el fortalecimiento de ciertos derechos, como el de la vida privada o el de la salud sexual y reproductiva, pero advierten que otras modificaciones no están "convenientemente justificadas".
Baja por menstruación incapacitante
El máximo órgano de representación de los jueces considera que en lo referente a las bajas por menstruaciones incapacitantes existe una "ausencia de justificación". En este sentido el CGPJ recuerda que con la ley actual una mujer ya puede reclamar una baja por enfermedad común a su médico de cabecera, que, además, "impide al empresario saber cuál es la causa".
Sin embargo, con la nueva normativa sí que se sabrá el motivo por el cual la mujer se ausenta de su puesto de trabajo. Esta circunstancia, aseguran, "puede provocar efectos totalmente contrarios a los pretendidos, haciendo surgir reacciones de marginación o estigmatización sobre las mujeres en general y sobre las que sufren los efectos de una menstruación incapacitante secundaria en particular".
Periodo de reflexión
Igual de reticentes se muestran respecto a la eliminación del periodo de reflexión de tres días antes del aborto. A este respecto, la ponencia matiza que este requisito de legalidad "no puede ser suprimido bajo el pretexto del efecto infantilizador que produce sobre la mujer gestante".
También critican la invalidación de la práctica actual de entregar un sobre con información sobre recursos para la mujer que decide abortar y que incluye las prestaciones y ayudas a la maternidad. La reforma de la ley prevé que esta información solo se entregará a la mujer que lo pida.
Consentimiento del representante legal
Sobre la eliminación del consentimiento del representante legal para la interrupción voluntaria del embarazo cuando se trata de mujeres de 16 y 17 años, la propuesta de informe que han redactado las vocales Roser Bach y Ángeles Carmona señala que "se trata de una opción del legislador que no contraviene las observaciones y recomendaciones internacionales ni la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos".
Además, añade que el marco normativo vigente ya "reconoce a las mayores de 16 años un grado de madurez y autonomía suficiente para intervenir en la vida jurídica sin necesidad de la intervención de sus representantes legales".