QUERELLA CONTRA SUS TEXTOS Y TUITS
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) considera que el presidente de la Generalitat, Quim Torra, pudo haber cometido un delito de odio con su artículo 'La llengua i les bèsties' pero descarta investigarle porque está prescrito. En un auto, el tribunal constata que la mayoría de artículos que aparecían en la querella de Vox y en una denuncia de Movimiento contra la intolerancia no son constitutivos de este delito al estar amparados por la libertad de opinión y expresión.
En el caso del artículo 'La llengua i les bèsties' sí ve posible delito de odio porque Torra compara "a las personas residentes en Cataluña que no comulgan con sus ideas y así lo exponen, con bestias con forma humana que atacan a los buenos catalanes y que -en lógica consecuencia- se podría combatir en defensa propia".
Considera que sus palabras son "insultantes y ofensivas para la dignidad de la personas y susceptibles de generar en espíritus acríticos, sentimientos de hostilidad hacia el colectivo al que se refiere". No obstante, al haberse publicado en 2012 y la querella presentarse en mayo de 2018, el delito del artículo 510.1 del Código Penal está prescrito, concluye.
La Sala civil y penal del TSJC ha inadmitido la querella de Vox contra Torra por presuntos delitos de conspiración para la rebelión, encubrimientos e incitación al odio en varios artículos y 'tuits': rechaza que cometiera los dos primeros, y ve prescrito el tercero.
Sobre la mayoría de artículos y comentarios de Torra, el alto tribunal catalán asegura que "por desabridas o incluso supremacistas que se consideren las opiniones del Sr. Torra, se limitan a reflejar y justificar el conocido ideario compartido por parte de quienes defienden la independencia de Cataluña del resto de España" y a denostar a quienes no comparten sus ideas.
Enumera dentro de este ideario: el "expolio, ocupación u opresión permanente por parte de España, preeminencia de una lengua y una cultura, la catalana por encima de otras, la castellana o de otros lugares de España".
En su auto, el TSJC recuerda que la Constitución no prohíbe las ideologías "por muy extremistas o supremacistas que sean y, por tanto, por rechazables que puedan considerarse desde la perspectiva de los valores éticos y de los derechos fundamentales y libertades públicas".
Así leyó Inés Arrimadas los textos y tuits de Quim Torra en el Parlament: