Coronavirus
El BOE ha publicado este jueves la resolución que establece los criterios para endurecer las restricciones por el coronavirus y que ha vuelto a enfrentar a la Comunidad de Madrid con el Gobierno. El ministro de Sanidad insiste en que será de obligado cumplimiento pese a la posición del gobierno madrileño. Estas nuevas limitaciones obligarían a cerrar Madrid y 9 localidades más de la región.
En la resolución publicada en el BOE, Sanidad establece que en estos momentos hay 11 municipios españoles de más de 100.000 habitantes con una tasa de incidencia superior a los 500 casos que triplican la media nacional de contagios de coronavirus. La tasa promedio de estos municipios es de 892 casos por 100.000 en los 14 días estudiados.
El BOE recoge la orden que hace efectivas las restricciones de movilidad aprobadas por la mayoría de las Comunidades en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional, votando solo en contra Madrid, Cataluña, Andalucía y Galicia.
Además de la incidencia de coronavirus la localidad tendrá que presentar un porcentaje de positividad en los resultados de las pruebas PCR de coronavirus realizadas en las dos semanas previas superior al 10%. Y la comunidad autónoma a la que pertenezca el municipio deberá tener una ocupación de camas por pacientes en UCI superior al 35% de la dotación habitual.
En los casos en los que estas tres circunstancias concurran la movilidad quedará restringida salvo para la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, para el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales y para la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
La publicación del BOE especifica que, si a la fecha de notificación a la comunidad autónoma ya existieran municipios en los que concurren estas circunstancias, se "adoptarán los actos y disposiciones que resulten precisos para dar cumplimiento a lo establecido en dicha Declaración en un plazo máximo de 48 horas desde en el momento en el que se produzca dicha notificación".
Cierre de la hostelería a las 23h y sin servicio de barra
Las restricciones afectan también a la hostelería a la que se le impone un aforo máximo del 50% y una hora de cierre límite de las 23 horas. Además dejará de funcionar el servicio de barra y las mesas no podrán estar ocupadas por más de seis personas.
Los habitantes del municipio afectado por las nuevas restricciones podrán desplazarse dentro de la propia localidad. Se fija un tercio el aforo máximo en los lugares de culto. Para los velatorios, el límite queda fijado en hasta 15 personas al aire libre y en 10 en espacio cerrado, sean o no convivientes. Para los crematorios o los entierros, el máximo queda en 15.