Tribunal Constitucional
El TC ha desestimado por unanimidad los recursos de amparo de Jordi Turull y Josep Rull, los cuales se encuentran actualmente cumpliendo una pena de prisión por sedición, contra las resoluciones del Congreso de los Diputados del día 24 de mayo y 11 de junio de 2019, por las que en consecuencia quedaron suspendidos en el ejercicio de su cargo.
El TC asegura que el "advenimiento de sentencia en la causa 20907-2017 ( la del procés) no tiene efecto alguno para el enjuiciamiento de estos acuerdos, pues el que la condena haya sido finalmente por sedición, no por rebelión, no afecta a la correcta aplicación que en su día se hizo del artículo 384 bis", dice la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El artículo citado establece la suspensión del cargo público a un procesado en firme que se encuentre en prisión provisional por delitos como, por ejemplo, el de rebelión.
Rull y Turull alegaron que se habían vulnerado los derechos fundamentales por haber sido "automáticamente suspendidos en el ejercicio del cargo y en los derechos y deberes establecidos en el Reglamento del Congreso". A lo que el TC ha contestado que el acuerdo de la Mesa no vulneró ninguno de los derechos fundamentales que citaron ambos.