También por posible ocultación de pruebas
En su auto, de 26 folios, la Sala ha tenido en cuenta las numerosas cuentas bancarias de Bárcenas en el extranjero, fundamentalmente en Suiza, que reflejan "la recientemente conocida, intensa, opaca y críptica actividad negocial" del ex tesorero. Esta circunstancia hace "evidentes" los contactos del extesorero "con personas que pudieran facilitar su sustracción a la acción de los tribunales, debido a las relaciones opacas y oscurantistas en las que desarrolla sus actividades", lo que "acrecienta sobremanera en estos momentos el riesgo de fuga".
Por todo ello, la Sala -compuesta por Ángela Murillo (presidenta), Juan Francisco Martel (ponente) y Carmen Paloma González- sostiene que la prisión es necesaria y que se cumplen "sobradamente" todos los requisitos para mantenerla: riesgo de fuga, destrucción u ocultación de pruebas y reiteración delictiva. Se trata de "riesgos serios, intensos, con un alto grado de verosimilitud", destaca el auto, que recuerda en este sentido que Ruz está aún pendiente de conocer el resultado de comisiones rogatorias a Estados Unidos y Reino Unido que podrían "arrojar luz acerca del origen o destino de fondos relacionados con las cuentas bancarias" de Suiza.
El tribunal valora por el momento "la gran capacidad de disposición de fondos de procedencia no aclarada" del extesorero, que "a lo largo del tiempo se han ido extrayendo y distribuyendo hacia otras cuentas bancarias de otros países". Conforme avanza la investigación, añade el auto, se han unido nuevos delitos que "se han venido conociendo recientemente porque la falta de transparencia por la que se ha regido su conducta ha impedido el conocimiento de sus actos, que van saliendo a la luz lenta e inexorablemente, según avanzan las actuaciones de comprobación delictiva".
"Como nítida muestra del carácter no estático sino dinámico del procedimiento penal de que se trata, acontecimientos procesales recientes han venido a poner de relieve el aumento de aquellos riesgos de sustracción a la acción de la justicia" que "sin duda alguna no pueden ser sustituidos en la actualidad por medidas cautelares menos aflictivas". Precisamente, sobre la propuesta que hizo la acusación popular, ejercida por la asociación de Abogados Demócratas de Europa (Adade), de dejarle en libertad bajo fianza con el control de una pulsera telemática, la Sala la rechaza por "su escasa eficacia práctica, ya que localiza a la persona, pero no impide la persistencia en su actividad delictiva ni la posibilidad de alterar o destruir pruebas".
Critica la Sala también el "contrasentido" de la defensa de Bárcenas por alegar "la supuesta colaboración de su patrocinado para desentrañar la atribución delictiva en cascada que le incumbe, mediante la utilización masiva de dinero en efectivo, la procedencia de cuyos flujos dinerarios, e incluso su destino, en muchas ocasiones no resultan acreditados, ni por la investigación (...) ni por las vagas y confusas declaraciones del imputado". Recuerda el tribunal que a los supuestos delitos de cohecho, contra la Hacienda Pública y de blanqueo de capitales, se añadieron después de falsedad en documento mercantil y estafa procesal en grado de tentativa, ante "la supuesta confección espuria" de un contrato de venta de cuadros en Argentina por valor de 560.000 euros, que "servirían de cobertura para el fallido éxito de la pretensión del imputado (...) y de su esposa" Rosalía Iglesias, de que se archivara la causa.
Los magistrados, que alaban la "sólida" instrucción de Ruz, hacen en su resolución un exhaustivo análisis de los informes policiales y de la agencia tributaria sobre las cuentas de Bárcenas y de sus sociedades en Suiza, donde llegó a acumular 48,2 millones de euros, y otros países como EEUU, Uruguay o Bahamas. Antes de entrar en la cárcel, el extesorero negaba que fueran suyos los llamados "papeles de Bárcenas" sobre una supuesta contabilidad B del PP, mientras que en su última declaración ante Ruz, el pasado 15 de julio no solo admitió la autoría sino que entregó documentación con la que pretende demostrar una financiación ilegal del partido durante 20 años.