TRAS LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE ESTRASBURGO
El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado por unanimidad la excarcelación de la etarra Inés del Río después de que el Tribunal de Estrasburgo rechazara el recurso del Gobierno contra la sentencia que condenó a España a indemnizarla por haberle aplicado la 'doctrina Parot' con carácter retroactivo.
Tras celebrar una reunión extraordinaria que se prolongó durante una hora y media, los 17 magistrados de la Sala de lo Penal ha acordado la salida de prisión de Del Río, que fue condenada a 3.828 años de cárcel por su actividad como miembro del 'comando Madrid' de ETA, en el que cometió un total de 24 asesinatos.
La Gran Sala del TEDH confirmó la resolución que condenó a España el julio de 2012 a indemnizar a la etarra con 30.000 euros por daños morales y a pagarle 1.500 euros en concepto de costas procesales, al considerar que España vulneró el Convenio de Derechos Humanos.
En concreto, las resoluciones de la Justicia española con respecto a Del Río habrían conculcado el artículo 7 del Convenio, que recoge que "no hay pena sin ley", y el 5.1, que establece "el derecho a la libertad y la seguridad".
La aplicación de la 'doctrina Parot', que contempla la aplicación de las redenciones por trabajos en la cárcel al total de penas aplicadas y no al máximo de 30 años de cumplimiento máximo, alargó la estancia en prisión de Del Río en cinco años, ya que su excarcelación inicial estaba prevista para 2008 y la Sala de lo Penal de la Audiencia la alargó hasta 2017.