MANTIENE LAS PENAS EXCEPTO A IÑAKI ABAD
La Audiencia Nacional confirma las penas para los condenados por la agresión de Alsasua, excepto para Iñaki Abad a quien le rebaja tres años al entender que los delitos de lesiones cometidos eran dos y no tres.
El tribunal concluye que dicha agresión por la que han sido juzgados no es terrorismo, pero ratifica el agravante por discriminación ideológica.
El tribunal asegura que no fue una pelea de bar, pero que los condenados agredieron a los agentes y a sus parejas por el hecho de pertenecer a la Guardia Civil y por razones ideológicas.
Fuentes jurídicas han dicho que la sala sienta con esta ratificación jurisprudencia para utilizar en casos "como los que están teniendo lugar contra jueces o determinados políticos” en Cataluña.
La sección primera de lo Penal condenó en junio a ocho acusados de participar en esta agresión por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas, pero, en contra del criterio de la Fiscalía, descartó que fueran de carácter terrorista pese a la "notabilísima gravedad de los hechos".
Ahora la Sala de Apelación, compuesta por Enrique López, Eloy Velasco y José Ramón Navarro, confirma la sentencia de la sección primera y rechaza los recursos de las defensas y de la Fiscalía, que pedía aumentar las condenas por haber tenido la agresión una finalidad terrorista.
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