PRESUNTO SOPLO A LOS TERRORISTAS
Tendrán que sentarse en el banquillo: el entonces jefe de la policía del País Vasco y un inspector de Álava. El juez tendrá que determinar qué papel jugaron en el soplo a un colaborador de la banda, que obligó a retrasar una operación policial contra la red de extorsión.
En un auto, la sección rechaza el archivo pedido por las defensas de los encausados y da continuidad así a la causa, aunque indica que aún no se pueden concretar los delitos por este caso que investiga el supuesto chivatazo a ETA de una operación contra su red de extorsión en 2006.
El juez Pablo Ruz había calificado los delitos que se les imputan como de colaboración con banda armada y revelación de secretos, pero la Sala explica que no se pueden detallar hasta que se abra juicio oral en la sección tercera de la Audiencia y las acusaciones califiquen.
En el caso de que se les acuse de un delito de colaboración con ETA, el tribunal competente para juzgarlos será la Audiencia Nacional, pero si finalmente no es así el caso pasaría a la Audiencia Provincial de Guipúzcoa.
Aunque la Sala destaca que aún se tienen que detallar los delitos, apunta que una sentencia del Tribunal Supremo de 2012 indica que para acusar de un delito de colaboración es suficiente con que los encausados tengan "conocimiento y voluntad" de que están ayudando a la organización terrorista.
En cuanto a su procesamiento, la sección indica que las objeciones al mismo "resultan sobradamente superadas, aclaradas y resueltas", por lo que se debe "forzosamente confirmar".