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El TS anula dos nuevos proyectos lingüísticos en Cataluña por no llegar al mínimo de castellano

Los proyectos han sido denegados por el Tribunal Supremo ya que no cumplían con el mínimo del 25% en lengua castellana dentro de la enseñanza.

La escuela Turó del Drac de Canet de Mar (Barcelona) en una imagen de archivo.Efe

Los proyectos linguísticos de dos escuelas de la provincia de Barcelona han sido denegados por el Tribunal Supremo ya que no cumplían con el mínimo del 25% en lengua castellana dentro de la enseñanza tras rechazar los recursos de casación de la Generalitat al considerar que carecen de motivación.

Según informa Efe, la sección primera de lo contencioso-administrativo ha desatendido ambos recursos presentados contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, tras considerar como una imposición que el 25% debe impartirse en castellano, siendo impartidos estos proyectos en los colegios Bogatell de Barcelona.

Desde la Generalitat señalan que esta decisión tomada por el TSJC podría ser "gravemente dañosa para los intereses generales", mientras que la hacía hincapié en la falta de legitimación de los denunciantes, algo que desde el TS han rechazado. Desde el Tribunal Supremo reprocha a la Generalitat que esta afiance "que el recurso se proyecta de forma generalizada sobre el sistema lingüístico, sin otra acotación y matiz" una circunstancia que "no aparece debidamente cumplimentada sino por referencias en exceso genéricas e indeterminadas".

Ana Losada, presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), valora o "muy positivamente estas providencias porque demuestran que independientemente de que estemos bloqueados con el 25 % los centros deben programar asignaturas en castellano". Y lamenta que “la gente se ha pensado que el 25 % no es válido" y por ello ha recordado que el castellano “es la lengua vehicular en la escuela catalana”, tal y como marca la ley.

En el mes de marzo del pasado año 2021, las sentencias que fueron recurridas por la Generalitat se aseguraban a las familias que "una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular, en proporción razonable" que "en defecto de su concreción" se debe fijar en un mínimo del 25 %.

Por este motivo el Tribunal Supremo de Justicia de Cataluña anuló ambos proyectos lingüístico presentados por dichos centros, ya que no contemplaban "el carácter vehicular del castellano como lengua oficial, junto con el catalán”, y aclaran que se anularía igualmente cualquier otro proyecto lingüístico en caso de que "incurra en igual defecto".

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