Abogacía del Estado
La posición de la Abogacía coincide con la de la Fiscalía. En su recurso afirma que la sentencia del procés recoge "los elementos típicos" del delito de desórdenes públicos agravados.
La Abogacía del Estado considera al igual que la Fiscalía que la reforma penal que convirtió el delito de sedición en uno de desórdenes públicos agravados permite atribuir a Carles Puigdemont, este último tipo penal, además del de malversación.
Lo ha hecho en un recurso, al que ha tenido acceso EFE, contra el auto de Llarena que retiró el delito de sedición a Puigdemont y le procesó por desobediencia y malversación, sin incluir el delito de desórdenes públicos agravados para el expresidente catalán ni tampoco a los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí.
Como la Fiscalía, la Abogacía del Estado pide al juez que incluya los desórdenes públicos agravados como delito "por el que puedan ser enjuiciados los procesados en situación de rebeldía, junto a los de desobediencia y malversación".
La modalidad más severa de la malversación y el nuevo delito de desórdenes públicos agravados están castigados con hasta 12 y 5 años de prisión respectivamente, en total 17 años.
La posición de la Abogacía coincide con la de la Fiscalía. En su recurso afirma que la sentencia del "procés" recoge "los elementos típicos" del delito de desórdenes públicos agravados, por lo que la exclusión de este tipo penal que hizo Llarena en su auto "no es ajustada a derecho", y su resolución, dice, "restringe el futuro enjuiciamiento".