CASO NÓOS | TRAS EL AUTO DEL JUEZ CASTRO
Tras el auto del juez José Castro en el que pedía a las acusaciones que se pronunciaran sobre "las líneas de investigación insinuadas" por la Audiencia de Palma en la resolución que dejó sin efecto la citación de doña Cristina a declarar como imputada en el caso Nóos, la Abogacía del Estado ha presentado hoy un escrito en el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma. En dicho escrito, la Abogacía del Estado señala que se investiga si el duque de Palma facturó a través de la empresa Aizoon varias retribuciones por su condición de consejero en distintas entidades privadas, han informado fuentes jurídicas.
Como apuntó en enero la Agencia Tributaria en un informe, Urdangarin habría usado la inmobiliaria que posee al 50 % con la infanta Cristina como "sociedad pantalla" para ocultarse como perceptor de las retribuciones y reducir su tributación de IRPF, deduciéndose gastos no relacionados con su actividad y aplicándose un tipo impositivo inferior (el de sociedades en vez de IRPF).
La Abogacía del Estado considera que no hay indicios de que la infanta Cristina realizara ninguna facturación a través de Aizoon, por lo que no hay elementos para imputarle un delito fiscal. Además, dice no estar legitimada para posicionarse en relación a un hipotético delito de blanqueo de capitales ya que los servicios jurídicos del Estado solo están personados en la causa como parte perjudicado de un supuesto delito fiscal.
La Abogacía también se refiere a la expresión de "levantamiento parcial del velo" que utilizó la Audiencia de Palma para describir lo que significaba el informe de la Agencia Tributaria de Cataluña del pasado mes de enero respecto a la inmobiliaria Aizoon. Según la Abogacía, al "levantar el velo" se investiga a las personas físicas, pero al dirimir a quién se le imputa un delito solo afectaría a Urdangarin, que fue quien cobró a través de Aizoon por sus trabajos como asesor en consejos de administración de varias empresas.
La representación del Estado señala que el informe entregado por la Agencia Tributaria de Cataluña, del que la Audiencia de Palma dijo que presentaba "zonas oscuras" que es necesario aclarar, era provisional. Subraya que se remitió al juzgado aún siendo provisional, para evitar una posible prescripción en cuanto se detectó la posible existencia de un delito fiscal. La Agencia Tributaria sigue trabajando en la elaboración del informe definitivo, analizando en profundidad todas las cuestiones que se abordaron en el primer estudio.