TRAS LAS DENUNCIAS DE PP Y CIUDADANOS
La JEC dio 48 horas a Torra para retirar las 'esteladas' y los lazos amarillos de los edificios y espacios públicos, atendiendo a la petición de Ciudadanos, que se quejaba de la exhibición de símbolos ideológicos o partidistas, prohibida en el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
En su resolución, la Junta Electoral argumentaba que la ley prohíbe que los poderes públicos tomen partido en las elecciones y que tanto el lazo amarillo como la bandera 'estelada' son "símbolos partidistas utilizados por formaciones electorales concurrentes a las elecciones" del próximo 28 de abril.
Por su parte, el Partido Popular también denunció a Torra ante la Fiscalía General del Estado, acusándolo de un delito de denegación de auxilio a requerimiento de autoridad competente por negarse a retirar las 'esteladas' y lazos amarillos de los edificios públicos. Este delito está penado con la suspensión de cargo público entre 2 y 3 años.
Pasadas las 48 horas dictadas por la JEC, el presidente de la Generalitat presentó un escrito avisando de que no retiraría los símbolos independentistas de las fachadas públicas, porque respeta "el derecho fundamental a la libertad de expresión de los empleados públicos". Torra explica en su comunicado que el símbolo de los lazos amarillos no se puede asociar a ninguna formación política concreta.
Este lunes, la Junta Electoral se reunirá para debatir el recurso presentado por el presidente de la Generalitat, con la abstención de los magistrados Luciano Varela y Ana Ferrer, que forman parte del tribunal que juzga a los políticos independentistas procesados por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. El tema quedará, por tanto, en manos de los otros trece integrantes de la JEC: los cinco catedráticos propuestos a principios de legislatura por PP, PSOE, Unidos Podemos y Ciudadanos y otros seis jueces del Tribunal Supremo que fueron en su día elegidos por sorteo.
El presidente de la Generalitat, se podría enfrentar a la inhabilitación de su cargo y una multa de 300 a 3.000 euros por su recurso contra la retirada de los lazos amarillos y las banderas 'esteladas'.
No es la primera vez que se cumple este caso. La alcaldesa de Berga (Barcelona), Montserrat Venturós, de la CUP, fue condenada en 2018 a seis meses de inhabilitación y a una multa de 540 euros, la mínima atribuible a un delito de desobediencia, por haberse negado a descolgar una bandera 'estelada' colocada en el balcón del ayuntamiento durante las elecciones autonómicas y generales de 2015.