Coronavirus
La Justicia se ha pronunciado sobre si se puede dejar de ir al trabajo por miedo a contagiarse de coronavirus tras el despido de una mujer por ausentarse de su puesto alegando este motivo. ¿Qué opinas tú? ¡Vota en nuestra encuesta!
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha pronunciado sobre el despido a una trabajadora que el 23 de marzo de 2020 envió un correo electrónico a un responsable indicando que no iría presencialmente a su trabajo el día 25, sino que teletrabajaría "por responsabilidad", para evitar contagios de coronavirus a sus padres, y ese responsable le subrayó la necesidad de que acudiese.
La trabajadora no fue ese día a la oficina y un día antes de que le tocara ir de nuevo -la semana siguiente- pidió no ir presencialmente durante la pandemia, como hacían otros compañeros, para poder cuidar a sus padres mayores y enfermos, que eran grupo de riesgo. Su jefe le volvió a contestar que no era posible y que podrían tomar medidas contra ella.
El 15 de abril, cuando le tocaba ir presencialmente de nuevo, ya no lo hizo porque estaba de baja por ansiedad.
Obligación de presencialidad
Según la sentencia, la empresa encargó una evaluación sobre los riesgos y pautas de actuación ante el coronavirus y se determinó que la posibilidad de contagio era "baja", y que la empleada despedida no tenía patologías que la hicieran grupo de riesgo.
Los magistrados detallan que, en ese momento de confinamiento, la empresa adoptó medidas de prevención para poder continuar su actividad, como permitir generalizadamente el teletrabajo a los empleados. Se estableció que tenía que ir presencial uno de cada turno y de cada departamento para poder dar soporte al resto.
¿Puedo negarme a ir a trabajar?
Con estos detalles, nos gustaría saber qué opinas sobre si nos podemos negar a trabajar presencial o no. La respuesta correcta se conocerá en Antena Abierta este domingo en directo a partir de las 19:40 o, si no puedes esperar, aquí. ¡No hagas trampas antes de contestar!