CONVENIOS LABORALES DE LOS RELIGIOSOS
La exmonja entró en las Hermanas de la Presentación como educadora, siendo la misma congregación la que debe asegurarse de dar de alta a la Seguridad Social para que esos años se coticen. Araceli Mayans se dedicó a dar clases de religión, impartir catequesis y, durante un tiempo concreto, fue a Colombia como voluntaria en un centro de reinserción a drogadictos y prostitución.
La legislación española incluye a los religiosos como autónomos desde 1982. Esto se traslada en que se rigen con la RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), que únicamente tiene vigencia dentro del Estado, por lo que en el caso de los años de trabajos en Colombia no quedarían reflejados.
Cuando un religioso entra en una congregación, uno de los votos que puede adoptar (dependiendo de la hermandad) es el de pobreza. Eso supone que, aunque trabajen y, por tanto, coticen, no cobran. Únicamente si tienen que ir a hacer algún recado, manejan dinero. Si no, según Araceli Mayans, el dinero va a una cuenta bancaria.
En primera instancia, esa situación no supone problema ya que, una vez se jubilan, les queda una pensión vitalicia que cubriría esos casos. ¿Dónde radica el problema de Araceli Mayans? Ella abandonó los votos antes de la jubilación, en 2002. Su congregación contabilizó únicamente tres años cotizados en lugar de los 17 por lo que, cuando salió, la exmonja se encontró por un lado rechaza por su congregación y por otro, desamparada por lo que a su jubilación se refiere. Araceli Mayans recurrió ante la situación, pero el caso ya había prescrito.