FINALIZA EL PLAZO PARA EL IRPF
Terminó el plazo (hasta el 26 de junio) para presentar la declaración de la renta si ha salido a ingresar y con domiciliación bancaria. Para el resto no queda mucho tiempo: los contribuyentes cuya liquidación de IRPF tenga resultado a devolver o no quieran domiciliar el ingreso que deben abonar a la Agencia Tributaria podrán presentar su declaración hasta el 1 de julio incluido, que es el último día de la campaña.
Si no lo tienes claro y necesitas alguna aclaración de última hora puedes solicitar cita previa en una delegación de la Agencia Tributaria solamente hoy.
¿CÓMO HACERLO?
- Atención en oficina:
Este servicio permite obtener lugar, día y hora para confeccionar y presentar la declaración de Renta, en centros de la Agencia Tributaria o de determinadas entidades colaboradoras:
- Vía Internet en www.agenciatributaria.es con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.
- Con la App 'Agencia Tributaria'.
- En los teléfonos 901 22 33 44 o 91 553 00 71 de 9 a 19 horas de lunes a viernes, con NIF/NIE.
Este es el enlace a cita previa
- Atención telefónica:
Este servicio permite solicitar el día y la hora en que desee que la Agencia Tributaria se ponga en contacto con usted telefónicamente para confeccionar y presentar su declaración de Renta:
- Vía Internet
- Con la App 'Agencia Tributaria'.
- En los teléfonos 901 12 12 24 o 91 535 73 26 -Automático-. Aquí también se puede anular de forma automática cualquier tipo de cita que se haya concertado para la campaña de Renta. Teléfono de cita previa -atención personal- 901 22 33 44 o 91 553 00 71 (Lunes a viernes de 9 a 19 h).
¿Qué se necesita tener a mano al recibir la llamada?
- El número de referencia del titular o titulares de la declaración.
- El número del DNI de todas las personas que figuren en la declaración.
- El número IBAN de cuenta bancaria.
- Las referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias (recibos del IBI). Si vive en un inmueble alquilado: NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler.
Por si acaso, también:
- Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).
- Justificante de las cantidades percibidas por seguros cancelados y que hayan sido contratados antes del 31 de diciembre de 1994.
- Cualquier otro justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal.
Para presentar la declaración de Renta, deben estar presentes durante la llamada la persona o personas titulares.
Para solicitar estos servicios hay que cumplir unos requisitos. Básicamente que se tenga hasta 65.000 euros de rendimientos del trabajo, hasta 15.000 euros de rendimiento del capital mobiliario o hasta 2 inmuebles alquilados. No pueden solicitarlo empresarios y profesionales o si hay herencias.