ERTE

Todas las preguntas sobre la prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero

Los ERTE se van a extender hasta el próximo 31 de enero en un acuerdo 'in extremis' entre el Gobierno y agentes sociales. Los empresarios se han sumado al acuerdo a última hora, después de que el gobierno decidiera incluir también en el acuerdo a los trabajadores del comercio y la hostelería.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes las condiciones en las que se van a prorrogar los ERTE relacionados con la pandemia del coronavirus hasta el 31 de enero, tras haber logrado un acuerdo con patronal y sindicatos.

Te resolvemos todas las dudas que tengas relacionadas con estos ERTE del coronavirus:

¿Me pueden despedir si estoy en un ERTE?

Se mantiene la salvaguarda del empleo durante seis meses, la no justificación del despido por causas objetivas derivado del coronavirus, la ampliación del ‘contador a 0’ hasta los 196 días y su extensión hasta el 31 de enero de 2021 y el mantenimiento de la prestación por desempleo del ERTE en el 70% de la base reguladora “a partir de hoy mismo”.

¿Cuántas modalidades de ERTE hay?

El Consejo de Ministros ha creado dos figuras, los ERTE de impedimento de la actividad y los ERTE de limitación de actividad, a las que podrán acogerse todas las empresas, con exoneraciones bastante elevadas, que en algunos casos llegan hasta el 100%.

¿Por qué la CEOE ha sido la última en unirse al acuerdo?

Desde la CEOE reclamaban que se incluyera en el acuerdo también a los trabajadores del comercio y la hostelería. Una vez se han añadido, desde la patronal han apoyado por unanimidad aprobar la prórroga de los ERTE después de intensas negociaciones.

"El texto refleja un acuerdo en el que todas las empresas cuya actividad se está viendo afectada por la crisis del coronavirus se sienten representadas. CEOE y Cepyme confiamos en que este acuerdo permita garantizar la continuidad de la mayor cantidad de empresas y empleos posibles en una coyuntura económica tan adversa y dilatada en el tiempo", ha señalado la organización.

¿Qué exenciones tienen los ERTE?

Estos ERTE disfrutarán de exenciones de cuotas del 85% por cada mes del periodo octubre 2020-enero 2021 en el caso de que la empresa tuviera a 29 de febrero de este año menos de 50 trabajadores en plantilla, y del 75% si contaba con más de 50 empleados, según ha explicado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. De estas exoneraciones también podrán beneficiarse aquellas empresas que, aunque no formen parte de dichos sectores, se encuentran en su cadena de valor o cuyo negocio depende en su mayoría de estos sectores.

Se entenderá que son integrantes de la cadena de valor o dependientes indirectamente de aquellas, las empresas cuya facturación, durante 2019, se haya generado al menos en un 50% en operaciones realizadas de forma directa con las incluidas en alguno de los códigos de la CNAE-09 referidos en la norma, así como aquellas cuya actividad real dependa indirectamente de la desarrollada efectivamente por las empresas incluidas en dichos códigos.

La declaración de empresas dependientes o integrantes de la cadena de valor deberá ser solicitada ante la autoridad laboral que hubiese dictado la resolución expresa o tácita del ERTE que se encuentre vigente, acreditando debidamente las circunstancias mencionadas.

Estas exoneraciones de entre el 75% y el 85% también podrán aplicarse a las empresas que transiten desde un ERTE de fuerza mayor por coronavirus a uno de causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) cuya actividad se clasifique en alguno de los sectores incluidos en la norma, o a aquellas que hayan sido calificadas como integrantes de la cadena de valor que también realicen esa transición. También se aplicarán a las empresas que se encuentren en un ERTE por causas económicas, organizativas, técnicas y de producción (ETOP) si forman parte de las actividades amparadas en la norma.

¿Hay alguna nueva ayuda?

Se ha creado una nueva ayuda por bajos ingresos para cubrir a los trabajadores por cuenta propia que no cumplen los requisitos para acceder a la prestación compatible con la actividad (por tener una tarifa plana o no haber cotizado durante los últimos doce meses, por ejemplo).

La nueva prestación extraordinaria por suspensión de actividad está dirigida a aquellos autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para contener el coronavirus.

¿Cómo me queda el salario por el ERTE?

Se mantiene el cobro del 70% del salario. Los trabajadores en ERTE seguirán cobrando el 70% de la base reguladora y no descenderá al 50% pasados 180 días de la prestación. Además, mientras esté vigente el ERTE no se podrán realizar horas extra, externalizar actividades ni realizar nuevas contrataciones directas o indirectas salvo casos justificados.

¿Quiénes no pueden acogerse a un ERTE?

No podrán acogerse al ERTE empresas domiciliadas en territorios considerados paraísos fiscales y las empresas no podrán proceder al reparto de dividendos en el ejercicio fiscal en el que se aplique el ERTE, salvo si devuelven las exenciones disfrutadas.

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