PASO PREVIO A UN EXPEDIENTE SANCIONADOR
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) está investigando posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de fabricación, distribución y comercialización de cigarrillos, consistentes en eventuales acuerdos de precios o condiciones comerciales. Para ello, se han llevado a cabo inspecciones simultáneas en las sedes de varias empresas que operan en este mercado, según ha informado el organismo presidido por José María Marín Quemada.
En concreto, los días 28 de febrero y 1 y 2 de marzo se han realizado inspecciones en las sedes de diversas empresas por la sospecha de posibles prácticas anticompetitivas, prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, consistentes en intercambios de información y/o acuerdos entre operadores del mercado, directamente o a través de terceros, de precios, condiciones comerciales y/o cierre de mercado.
Inspectores de las autoridades de competencia autonómicas de las localidades donde se ubican algunas de las empresas inspeccionadas han colaborado en la ejecución de las citadas investigaciones. Según la CNMC, las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de la supuesta conducta anticompetitiva y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de la entidades inspeccionadas.
En caso de que, como resultado de la inspección, se encontrasen indicios de prácticas anticompetitivas, se procedería a la incoación formal de un expediente sancionador. Los acuerdos entre competidores se consideran una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.
La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados. Para ello se cuenta, entre otros, con el programa de clemencia que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección.