ENTRA ESTE MIÉRCOLES EN VIGOR

¿Qué requisitos hay que cumplir para solicitar el subsidio de 52 años y en qué beneficia?

El Gobierno calcula que las modificaciones introducidas en el subsidio para mayores de 52 años beneficiarán a casi 380.000 personas (114.000 que podrán ahora acceder al mismo, 265.465 que verán mejoradas sus cotizaciones y 12.000 personas que actualmente cobran el subsidio de forma parcial y pasarán a percibirlo a tiempo completo).

El nuevo subsidio para parados mayores de 52 años entra en vigor este miércoles 13 de marzo, tras publicarse en el Boletín Oficial del Estado el decreto ley que lo regula. No obstante, el aumento de la cotización desde el 100% al 125% de la base mínima entrará en vigor el próximo 1 de abril.

1.- ¿En qué se modifica el subsidio?

  • Actualmente para acceder a este subsidio la persona tenía que tener 55 años, desde hoy con 52 es suficiente. Se suprime el requisito de tener cumplidos los 52 años en el momento del hecho causante.
  • Elimina los porcentajes aplicables a la cuantía del subsidio cuando el beneficiario proviene de un trabajo a tiempo parcial.
  • El subsidio consiste en una ayuda mensual de 430 euros y se eleva su duración máxima. Podrá percibirse hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación, frente a la regulación anterior, que obligaba a dejar de cobrarlo en el momento en el que se pudiera acceder a cualquier modalidad contributiva de jubilación, dando lugar así a jubilaciones anticipadas forzosas.
  • Se elimina la consideración de las rentas de la unidad familiar para el acceso al subsidio.
  • Se incrementa la cotización por jubilación durante la percepción del mismo del 100% al 125% de la base mínima de cotización vigente en cada momento.

El Gobierno calcula que las modificaciones introducidas en el subsidio beneficiarán a casi 380.000 personas (114.000 que podrán ahora acceder al mismo, 265.465 que verán mejoradas sus cotizaciones y 12.000 personas que actualmente cobran el subsidio de forma parcial y pasarán a percibirlo a tiempo completo).

2.- ¿Quién puede pedirlo?

  • Podrán acceder al subsidio los trabajadores mayores de 52 años, aun cuando no tengan responsabilidades familiares.
  • Los solicitantes tienen que haber cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral y han de acreditar que, en el momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
  • El solicitante o beneficiario tiene que carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • Los beneficiarios deberán presentar ante la entidad gestora una declaración de sus rentas, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Esto ha de hacerse anualmente.
3.- ¿Dónde se solicita?
  • El subsidio para mayores de 52 años puede solicitarse en la web del web del Servicio Público de Empleo Estatal, en la oficina de prestaciones con cita previa, en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.

4.-¿En qué situación quedan las personas que actualmente cobran el subsidio para mayores de 55 años?

  • Se les aplicarán de forma automática todas las novedades sin necesidad de que acudan a su oficina de empleo.

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