Hacienda
El próximo mes de junio entramos en la fase final de la campaña de la Renta 2025. Si aún no la has hecho y tienes dudas, consulta las preguntas más frecuentes.
La campaña de la Renta 2025-2026 genera, como todos los años, numerosas dudas entre los ciudadanos. Estas son algunas de ellas: quién está obligado a presentar la declaración, qué plazos hay o cuáles son las formas de hacerlo. Son muchas las preguntas que surgen a la hora de cumplir con este trámite. En este post, te ayudamos a resolver las cuestiones más habituales, lo que te ayudará a afrontar el proceso con mayor claridad y evitar errores.
1. ¿Quién está obligado a presentar la Declaración de la Renta? Depende de los ingresos y de cuántos pagadores tengas. En general, estás obligado a presentar la declaración si has cobrado más de 22.000 euros al año de un solo pagador o más de 15.000 euros si has tenido dos o más pagadores (cuando el segundo y restantes superan los 1.500 euros anuales).
2. ¿Cuál es el plazo para presentar la Renta 2025? La campaña comenzó el 8 de abril y finalizará el 30 de junio de 2026, siendo esta la fecha límite para presentar la declaración.
3. ¿Qué pasa si presento la declaración fuera de plazo? Implica recargos o sanciones económicas, que aumentan cuanto más tiempo pase desde el fin del plazo oficial. Presentar la Declaración de la Renta fuera de plazo conlleva recargos si sale a pagar (del 1% al 20% más intereses) o multas si sale a devolver (generalmente 100-200 euros).
4. ¿Qué significa que la declaración salga a devolver o a pagar? Si sale a devolver, Hacienda te ingresará la cantidad correspondiente en tu cuenta bancaria. Si sale a pagar, tendrás que abonar la cantidad correspondiente dentro de los plazos establecidos. Puedes hacerlo en un único pago al presentar la declaración o fraccionarlo en dos partes.
5. ¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero? El plazo máximo es de seis meses desde el final de la campaña, aunque normalmente las devoluciones se realizan antes (generalmente tarda de 7 a 30 días naturales).
6. ¿Puedo modificar una declaración ya presentada? Sí. Para ello, puedes solicitar una rectificación si el fallo te perjudica (por ejemplo, si pagaste de más), o presentar una declaración complementaria si olvidaste incluir algún dato que supone pagar más. En ambos casos, el trámite se realiza a través de la Agencia Tributaria y es importante hacerlo cuanto antes para evitar posibles recargos o problemas futuros.
7. ¿Qué documentos necesito para hacer la declaración? Principalmente el DNI, datos bancarios, certificados de ingresos (empresa, paro), y justificantes de deducciones (alquiler, donaciones, etc.).
8. ¿Debes comprobar el borrador antes? Sí, es lo más aconsejable. El borrador de la Agencia Tributaria puede contener datos incompletos, desactualizados o incorrectos, por lo que es fundamental revisarlo con detenimiento. Aunque haya sido elaborado por Hacienda, la responsabilidad final recae siempre en el contribuyente. Además, puedes perder algunas deducciones a las que tienes derecho.
9. ¿Se puede pagar a plazos? Sí, si el resultado es a pagar, normalmente se puede fraccionar en dos pagos sin intereses: un primer pago del 60% en el momento de la presentación y un segundo del 40% restante, que se carga posteriormente, normalmente a principios de noviembre.
10. ¿Qué opciones hay para presentar la Renta? Hay tres vías. Por internet (con Cl@ve, certificado digital o número de referencia), por teléfono o presencialmente. Para estos últimos casos, necesitas pedir cita previa.
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