Multas
Los conductores no podrán manejar el surtidor. Estas son las multas a las que te puedes enfrentar.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha advertido de los riesgos de repostar combustible en una gasolinera sin presencia de personal cualificado, principalmente en una estación que no tenga autoservicio. Es por ello que, los conductores solo podrán rellenar el depósito por su cuenta en gasolineras que cuenten con el régimen de autoservicio. En caso contrario, se estará cometiendo una infracción y el usuario se enfrentará a una multa de 100 euros.
Cada vez son más los conductores que optan por repostar el combustible en un estación de autoservicio, ya que suelen tener un coste menor a las tradicionales. Este tipo de gasolineras provocaba hace unos años cierta desconfianza entre la población al cuestionarse la calidad del combustible debido a su bajo precio. Sin embargo, con el tiempo, los usuarios han optado por este tipo de estaciones, pues la rebaja del precio puede deberse al ahorro en personal respecto con las gasolineras tradicionales.
Según el Reglamento General de Circulación, las estaciones de autoservicio deben poner a disposición del cliente las medidas necesarias para asegurar la higiene y la seguridad. Entre ellas se incluyen la prestación de guantes y papel para limpiar fugas de gasolina, y la exposición de equipos de emergencia para hacer frente a posibles incendios. Además, se deben colocar instrucciones visibles que expliquen el manejo de los surtidores y los dispositivos de emergencia.
En las estaciones tradicionales, es decir, las gasolineras atendidas que cuentan con empleados, serán los mismos empleados quienes puedan servir la gasolina en los vehículos. Según la DGT, así se reducirían los incidentes, ya que el personal está cualificado para trabajar con sustancias inflamables. En caso de no cumplir la normativa en las estaciones atendidas, se estará cometiendo una infracción que supondrá 100 euros de multa.
En España, cada comunidad autónoma tiene la competencia sobre el control de las estaciones de servicio, por lo que pueden establecer su propia normativa respecto a la forma de actuación de las gasolineras. La mayoría de las regiones permiten el autoservicio total sin necesidad de contar con personal cualificado y siempre que se sigan las medidas de seguridad.
Es el caso de la Comunidad de Madrid, que modificó la ley en 2018, antes las estaciones debían contar con al menos un empleado en horario de 7:00 horas a 22:00 horas. En otras comunidades, como la Comunidad Valenciana, los conductores no pueden repostar por su cuenta mientras las gasolineras estén abiertas, pues es obligatorio disponer de al menos una persona cualificada durante el horario de apertura.
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