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Más de 40.000 teleoperadores podrían tener un contrato indefinido según un fallo de la Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional reconoce que los contratos por obra de los teleoperadores son nulos y el fallo ordena adaptar el convenio a la normativa europea que prohíbe la contratación por obra y servicio.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha decidido aplicar una sentencia del Tribunal Supremo y adaptar así el convenio de los teleoperadores a la normativa europea, que implicaría la prohibición de la contratación de obra y servicio en el sector.

Ante esta decisión judicial cabe un recurso de casación y beneficiaría a más de 40.00 teleoperadores que podrían pasar a tener un contrato fijo.

La Audiencia estima las demandas formuladas por CCOO y CGT y anula y deja sin efecto el artículo 14.b del II Convenio Colectivo del Sector de Contact Center, en el siguiente párrafo: "A tales efectos se entenderá que tienen sustantividad propia todas las campañas o servicios contratados por un tercero para la realización de actividades o funciones de contact center cuya ejecución en el tiempo es, en principio de duración incierta, y cuyo mantenimiento permanece hasta la finalización de la campaña o cumplimiento del servicio objeto del contrato".

La jurisprudencia señala que el trabajo en el sector suele ser temporal y, por lo tanto, no puede apartarse del marco ordinario de las relaciones de trabajo.

Comisiones Obreras (CCOO) ha señalado en un comunicado que valora la actuación del tribunal y añade en dicho comunicado que espera que la patronal entre en razón y entienda que el mantenimiento del sector pasa por darle estabilidad al empleo.

Por su parte, CGT ha señalado como "histórica" la sentencia y ha asegurado que "continuará peleando por los derechos fundamentales de los trabajadores del contact-center".

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