Bankia
El juez podrá tener en consideración el nivel de experiencia del inversor cualificado y sus relaciones previas con Bankia.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que los inversores cualificados también pueden exigir responsabilidades a Bankia por las inexactitudes contenidas en el folleto de información sobre su salida a Bolsa en 2011, cuando al frente de la entidad estaba Rodrigo Rato.
El tribunal de Luxemburgo responde de esta forma a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo. La conclusión del fallo coincide con la opinión publicada a mediados de febrero por el Abogado General que estudió el caso Bankia.
El Alto Tribunal español buscaba aclaraciones antes de pronunciarse sobre el recurso de Bankia contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid, que estimó la responsabilidad de la entidad con respecto a un inversor cualificado por el folleto de la oferta de suscripción de acciones (OPS).
El caso enfrenta a Bankia con la Unión Mutua Asistencial de Seguros (UMAS), un inversor cualificado que acudió a la salida a Bolsa del banco y suscribió una orden de compra de 160.000 acciones, a un precio de 3,75 euros por acción.
Nulidad por error en el consentimiento
UMAS persigue que se declare la nulidad por error en el consentimiento en la compra de acciones y que se declare con carácter subsidiario la responsabilidad de Bankia por falta de veracidad en el folleto de la emisión.
En este contexto, el Supremo preguntó al Tribunal de Justicia de la UE si la acción de responsabilidad por el folleto ampara a los inversores minoristas y cualificados cuando se dirige a ambos, o solamente a los primeros.
La sentencia, conocida este jueves determina que, en el caso de una oferta pública de suscripción de acciones dirigida tanto a inversores minoristas como a inversores cualificados, la acción de responsabilidad por la información contenida en el folleto "no ampara solamente a los inversores minoristas sino también a los inversores cualificados".