TJUE
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea cree que las medidas que España tiene para luchar contra la temporalidad en los contratos públicos no permiten sancionar "debidamente" estas prácticas ni "eliminar las consecuencias" de no cumplir las normas.
Tirón de orejas del Tribunal de Justicia de la UE al Gobierno de España. El TJUE cree que las medidas previstas en España para hacer frente al uso de contratos temporales sucesivos en el sector público no se ajustan al Derecho de la Unión.
El Tribunal europeo entiende que estas medidas no permiten sancionar "debidamente" estas prácticas ni "eliminar las consecuencias" de no cumplir las normas.
El Ejecutivo no ha tardado en contestar y tacha el fallo del TJUE como "meramente aclaratorio" y destacan que no se imponen sanciones de ningún tipo.
Esta sentencia responde a una prejudicial que el Tribunal Supremo planteó preguntando si el marco constitucional español para el acceso al empleo público, basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, y que por tanto prohíbe la fijeza automática, era contrario al derecho europeo.
Sirve de respuesta al caso de una persona que encadenó hasta 6 contratos de interinidad desde 2016 en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid y fue calificada por la justicia española como indefinida.