Coronavirus

Ingreso mínimo vital: Requisitos y cómo solicitar la renta mínima vital

El ingreso mínimo vital es una renta mínima asegurada para las personas que hayan quedado al margen de las ayudas aprobadas hasta ahora durante la pandemia de COVID-19.

Según ha informado el Consejo de Ministros, desde hace semanas se tiene prevista la aprobación de una renta o ingreso mínimo vital , que formaba parte del acuerdo del Gobierno de coalición pero que se ha visto apurada por la crisis provocada por el coronavirus.

Aún no es una realidad, pero se estima que podría aprobarse este mismo mes de mayo y se empezaría a cobrar en junio.

El ingreso mínimo vital (IVM) es una renta mínima asegurada para las personas que hayan quedado al margen de las ayudas aprobadas hasta ahora durante la pandemia de COVID-19.

La renta base del IVM será de 462 euros, y podrá aumentar hasta los 1.015 euros por familia. Un adulto sin cargas familiares tendría derecho a un ingreso de 462 euros al mes, mientras que si tiene un menor a cargo ascendería a 700 euros, si tiene dos, 838 euros y si tiene 3 o más, 977 euros al mes.

En el caso de las familias compuestas por dos adultos, la prestación sería de 600 euros para ambos, 738 si tienen un menor, 877 si tienen dos, y 1.015 para más de dos niños, que sería el ingreso máximo que percibir.

Quién podría solicitarla

Podrán solicitar esta renta de ingreso mínimo vital aquellos ciudadanos que vivan solos y sus ingresos sean menores de 200 euros al mes. En el supuesto de que conviva con otra persona, deberán acreditar que la renta conjunta del hogar está por debajo de los 450 euros mensuales.

Además, es necesario ser mayor de 23 años y menor de 65, salvo que se tenga menores a cargo. También quedan excluidas de este ingreso las personas que tengan un patrimonio superior a los 100.000 euros, incluida en él la vivienda habitual.

El ministro José Luis Escrivá ha detallado que lo que pretenden con el ingreso mínimo vital es incentivar la inserción laboral, así que puede ser compatible con algún tipo de empleo cuando su sueldo no supere los 200 euros al mes, pero no se podrá combinar con otras prestaciones que el Gobierno ha puesto en marcha a partir del día 14 de marzo.

Tampoco se podrá cobrar el paro, ya que con las dos ayudas alcanzaríamos los 950 euros, que es más o menos lo equiparable al salario mínimo interprofesional. Esta prestación, se calcula que le costará anual alrededor de 3.000 millones de euros al Estado.

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