Coronavirus
Los ERTE están presentes en la actualidad que vive nuestro país durante las últimas semanas. La cuarentena obligatoria para paralizar la expansión del coronavirus ha provocado que muchas empresas hayan paralizado su actividad por lo que están presentando Expedientes de Regulación Temporal de Empleo por sus trabajadores.
Un ERTE es un despido temporal de fuerza mayor provocado por la situación de excepcionalidad que vive España por el coronavirus. En caso de que una empresa se acoja a un ERTE, esta continúa pagando la parte empresarial de las cotizaciones de los trabajadores mientras dura la suspensión o la reducción de jornada. Con la exoneración incluida en el Real Decreto, se alivia parte de esta carga a las empresas.
¿Cómo calcular los complementos a pagar por la empresa?
Toda empresa que haga un ERTE se beneficiará de la exoneración durante el estado de alarma por el coronavirus. Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, la cotización por los contratos suspendidos y las jornadas reducidas es cero. Si tiene más de 50 trabajadores, únicamente tendrán que cotizar por el 25% de estos contratos suspendidos o jornadas reducidas.
Las empresas que deseen conocer a cuánto asciende la cotización a pagar por los contratos y jornadas reducidas deben solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) un convenio informativo donde se les notificará, electrónicamente, el importe de la nómina y cotización a la Seguridad Social.