DECRETO CONTRA EL EMPLEO SUMERGIDO
Las empresas que regularicen antes del 1 de agosto a los empleados que hayan empleado de forma irregular no tendrán que pagar las cotizaciones que deberían haber abonado hasta la fecha, con lo que esos trabajadores no verán reconocida ninguna aportación que le de derecho a una futura prestación como el desempleo.
Así se establece en el decreto ley de empleo sumergido aprobado por el Gobierno en el Consejo de Ministros, tras el que el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha defendido que ello no supone una amnistía para las empresas.
Según ha señalado Gómez en rueda de prensa, "durante el periodo de tiempo anterior (al alta del trabajador) no tendrán que pagar nada, pero tampoco habrá derechos reconocidos para nadie, se reconocerán a partir de que el trabajador y la empresa sean dados de alta en su nueva situación".
Críticas de los sindicatos
Esta cuestión es una de las que más ampollas han levantado en los sindicatos. Así, el primer borrador remitido por el Gobierno a las centrales establecía un año de retroactividad en el pago de las cuotas a la Seguridad Social atrasadas, mientras que el segundo recortaba aún más este plazo, hasta limitarlo al 1 de enero de 2011.
Sin embargo, la nueva formulación del plan elimina toda retroactividad, según confirmaron fuentes del Ministerio de Trabajo. Este cambio lleva aparejada además otra cuestión: Si el Gobierno hablaba hasta ahora de incentivos selectivos para hacer aflorar empleo mediante aplazamientos en las deudas contraídas con la Seguridad Social, estas facilidades se han sustituido por una exención en el pago de esas deudas.
Regularización del empleo sumergido
El Consejo de Ministros ha aprobado el decreto ley de medidas para la regularización y control del empleo sumergido, que establece un periodo de regularización voluntaria de tres meses, hasta el 31 de marzo, y que endurecerá desde ese momento las sanciones administrativas a empresas y trabajadores, llegando a multiplicar las multas hasta por cinco en algunos casos.
En rueda de prensa, el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha querido dejar claro que el plan está pensado para recuperar el mayor número de cotizantes posible, a lo que añadió que, tampoco habrá ninguna amnistía, puesto que sólo desde el primer día en que en que se den de alta los trabajadores en la Seguridad Social las empresas podrán acceder a bonificaciones y ayudas.
Sanciones más duras
Según especificó el titular de Trabajo, el plan establece que una empresa que incumpla la obligación de alta de un trabajador en la Seguridad Social tendrá a partir de agosto una sanción mínima de 3.126 euros, cinco veces superior a la actual de 626 euros, y máxima de 10.000 euros, frente a los 6.250 euros actuales.
Por otro lado, cuando el trabajador que compatibilice el cobro de la prestación por desempleo con trabajos 'en negro' la empresa verá incrementada la sanción mínima de 6.251 euros a 10.000 euros, mientras que la máxima se mantendrá en los 187.515 euros.
Además, la iniciativa comprende una intensificación de la actividad y la eficacia de las actuaciones de vigilancia y control del trabajo no declarado por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el marco de las distintas acciones emprendidas contra el fraude en los últimos años.