Despidos improcedentes
El Tribunal Supremo ha declarado improcedente el despido de una trabajadora de la limpieza que en 8 años encadenó 242 contratos de interinidad para cubrir vacaciones, descansos y permisos de otros empleado. En sentencia, el alto tribunal señala que la vía del contrato de interinidad por sustitución no es válido en esos casos, y ofrece a la empresa, el Hospital Clínic de Barcelona, que elija entre readmitir a la trabajadora o abonarle una indemnización de 11.088 euros.
La trabajadora ha llegado a encadenar 242 contratos de interinidad por sustitución como empleada de limpieza en el Hospital Clínic de Barcelona. Estos contratos se llevaron a cabo a lo largo de ocho años donde la trabajadora cubría vacaciones, descansos y permisos de otros empleados del hospital.
El Tribunal Supremo ha considerado que su despido ha sido improcedente. Por tanto, el Hospital Clínic de Barcelona tendrá que indemnizarla o readmitirla.