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Declaración de la Renta

¿Cuándo es el último día para hacer la declaración de la renta en 2022?

El miércoles 6 de abril se dio inicio a la Campaña de la Renta de 2022, fecha clave en el calendario de los contribuyentes en España para declarar ante el Gobierno los ingresos del último año.

Así funciona el simulador de la declaración de la rentaAntena 3 Noticias

Como cada año, ha llegado el momento de declarar los ingresos del año 2021 ante la Agencia Tributaria. Según esta institución, durante esta campaña se esperar aproximadamente 22 millones de declaraciones. El plazo para realizar este trámite ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria abrió el pasado 6 de abril y finaliza el día 30 de junio de 2022.

En la campaña del pasado ejercicio, se registraron 21,7 millones declaraciones, de las cuales un 65,3% de ellas salieron a devolver.

Fechas a tener en cuenta

Los contribuyentes que deban realizar la declaración deben tener claras esta fechas. Desde el pasado 8 de marzo el número de referencia para presentar la declaración de la Renta ya esta disponible. A partir del 16 de marzo pueden acceder a sus datos fiscales. Y ya en mayo, el día 3, será cuando se abra el plazo para solicitar la cita previa para el servicio de atención telefónica y el 5 de mayo comenzará el plazo para presentar la declaración por dicho medio. Además, el día 26 de mayo la Agencia abrirá el periodo de solicitud de cita previa para la atención presencial, pero no será hasta el día 1 de junio cuando las oficinas de la Agencia Tributaria abrirán sus puertas para ofrecer este servicio.

La Campaña de la Renta 2021 finalizará el 30 de junio, sin embargo, el día 27 de junio concluirá el plazo para la domiciliación de las declaraciones a ingresar y el 29 terminará el plazo para solicitar la cita previa.

¿Quién tiene que hacer la declaración de la Renta?

Según la normativa establecida, deberán declarar sus ingresos ante Hacienda aquellas personas que con un único pagador hayan ingresado más de 22.000 euros durante el ejercicio del año 2021. En el caso de que se hayan tenido dos o más pagadores, todos aquellos que hayan superado los 14.000 euros anuales. También deberán presentar esta documentación aquellos que Lestán en ERE y ERTE al ser considerado otro pagador al margen de su empresa, quienes hayan vendido acciones, quienes hayan vendido un inmueble durante 2021 o lo tengan alquilado y los que hayan recibido subvenciones o ayudas.

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