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Hasta cuándo se prorrogan los ERTE, bajo qué condiciones se prestan y cuáles son los nuevos requisitos

Los nuevos ERTE, aprobados este martes en el Consejo de Ministros, ponen el foco en la formación de los trabajadores como principal novedad. Consulta aquí el resto de datos clave.

El Gobierno y los agentes sociales han cerrado un principio de acuerdo para prorrogar las ayudas a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el próximo 28 de febrero, respaldado por la CEOE y los sindicatos y que ha sido aprobado en el Consejo de Ministros de este martes.

Las partes han acordado finalmente ligar a la formación el esquema de exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social, según ha indicado en rueda de prensa la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.

Este nuevo esquema implica que la prórroga de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) actuales no será automática, por lo que deberán ser solicitados de nuevo a lo largo de mes de octubre, periodo en el que seguirá vigente el esquema actual para no crear un vacío legal.

¿Hasta cuándo se prorrogan los ERTE?

El acuerdo actual prolongará las actuales condiciones de los ERTE vigentes un mes más, hasta el 31 de octubre. Los nuevos requisitos para los ERTE y ayudas entrarían en vigor el próximo 1 de noviembre y durarían hasta el 28 de febrero.

Condiciones y nueva política de formación

Las empresas de más de diez trabajadores tendrán un 80% de exoneración en sus pagos a la Seguridad Social si imparten formación a los trabajadores en ERTE y un 40% en caso de no hacerlo. Para las empresas de hasta diez empleados, la exención será del 80% si imparten acciones formativas y del 50% si no lo hacen.

En el caso de optar por acciones formativas, las empresas tendrán que dedicar 30 horas de formación si tienen entre 10 y 49 trabajadores y 40 horas si cuentan con plantillas superiores, según UGT, que ha indicado que las actividades formativas se vinculan con un aumento del crédito que se utiliza para financiar la formación programada recogida en ley del sistema de formación profesional para el empleo.

'Contador a cero'

Además, el llamado 'contador a cero' se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022, de forma que el tiempo consumido de desempleo por el trabajador que esté en ERTE desde septiembre de 2020 no computará cuando se produzca un despido por cualquier causa después del 1 de enero de 2023.

También se establece una prestación extraordinaria por desempleo para las personas con contratos fijos-discontinuos; se garantiza el 'contador a cero' para este colectivo, que antes no estaba garantizado, y se mantiene en el 70% de la base reguladora el importe de la prestación a recibir por los trabajadores en ERTE durante toda la vigencia de la prórroga.

Requisitos

Por último, se mantienen las condiciones de acceso a la prestación, aunque no se tenga el tiempo cotizado requerido, así como el compromiso de mantenimiento del empleo; la prohibición de despedir; la interrupción del computo en contratos temporales; la prohibición de realización de horas extras; el impedimento de realizar contrataciones nuevas en empresas que están aplicando ERTE, y la imposibilidad de externalizar actividad mientras se disfrutan de los beneficios de los ERTE.

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