Declaración de la Renta
Falta ya menos de un mes para que comience la campaña de la renta correspondiente al 2021, a continuación explicamos qué pensionistas quedan exentos de prensentarla.
¿Los pensionistas están obligados a hacer la declaración de la renta? El próximo 6 de abril la Agencia Tributaria arranca la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente a 2021.
El contribuyente podrá presentar su declaración del IRPFhasta el próximo 30 de junio, pero ya desde el próximo día 6 se podrán presentar las primeras a través de internet, un medio que ya utilizan 9 de cada 10.
El calendario del contribuyente marca los siguientes plazos: a partir del 5 de mayo se podrán presentar declaraciones vía telefónica y de manera física entre el 1 y el 30 de junio.
Pero retomando la pregunta del inicio ¿los pensionistas están exentos de hacer la declaración de la renta? En rasgos generales a esta pregunta hemos de contestar que no ya que la pensión contributiva que cuando una persona se jubila da la Seguridad Social se considera como un rendimiento del trabajo por lo que habría que declararla. Pero, como en casi todo hay excepciones.
Qué pensiones no tienen que presentar la declaración
Los pensionistas cuya paga no supere los 22.000 euros anuales estarán libres de presentar la Renta correspondiente a 2021, siempre que solo haya un pagador.
Dicho esto, los pensionistas cuyo rendimiento capital mobiliario supere los 1.600 euros al mes sí están obligados a hacer la declaración de la Renta.
También han de hacerla aquellos pensionistas que reciban una paga en otro país superior a los 1.500 euros mensuales.
Qué ocurre cuando hay dos pagadores
Si un pensionista recibe pagas de dos pagadores solo estará libre de presentar el IRPF cuando sus ingresos no superen los 14.000 euros, siempre que los procedentes del segundo y siguientes pagadores hayan sido mayor de 1.500 euros.
Qué ocurre con los planes de pensiones
Los pensionistas que estén recuperando de forma parcial o total el dinero metido en un plan de pensiones también están obligados a realizar la declaración de la renta.
Las pensiones de orfandad, por incapacidad permanente, absoluta y de gran invalidez están exentas de esta campaña de la Agencia Tributaria.