Huelga
El Tribunal Superior obliga a indemnizar con 375.000 euros a los abogados a los que la central obligó a abandonar.
Fue en enero de este año cuando los trabajadores de CCOO en Galicia iniciaron una huelga para exigir la renovación del convenio y la subida de sus salarios, que llevaban un total de nueve años congelados.
Unas 72 horas antes del paro, CCOO envió un correo a los abogados y graduados sociales del servicio público en el que se les instaba a atender los asuntos pendientes, obviando así la huelga.
Las respuestas, de cada uno de los juzgados, no fueron las mismas: se rechazaron las anulaciones, se trasladaron a pendientes y otros continuaron con ellas. Entonces, el sindicato tomó otra determinación y envió un burofax advirtiendo de la obligación profesional de atender las causas, vulnerando así el derecho de paro.
No solo eso, la dirección del sindicato insistió a sus trabajadores en que incurrirían en una desatención de obligaciones, lo que se tradujo por los empleados en una amenaza.
Muchos trabajadores se reincorporaron y asumieron entonces sus funciones, y las de los compañeros que seguían con la huelga. Pero, al tiempo, presentaron una demanda por la vulneración del derecho fundamental al paro.
Casi 40 días después, a inicios de marzo, CCOO cedió ante las protestas y modificó los acuerdos de salario, pero antes de que haya terminado el mes el Tribunal Superior ordena también al sindicato el pago de indemnizaciones a sus trabajadores en Galicia.
Vulnerar el derecho a huelga de estos empleados, un total de 15, le costará a CC.OO 25.000 euros por persona, lo que suma 375.000 euros. No era necesario un “servicio esencial”, como reclamaba CC.OO a sus trabajadores, ni un burofax para alertar de los prejuicios que pueda causar una huelga a la central.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia falla contra el sindicato y en favor de los trabajadores.