Ingreso Mínimo Vital
A partir del próximo lunes se podrá solicitar el Ingreso Mínimo Vital, una medida aprobado en el Consejo de Ministros del pasado 29 de mayo, destinada a aquellas personas vulnerables frente a la crisis del coronavirus. Está previsto que se aprovechen de esta ayuda 850.000 hogares y 2,3 millones de personas, que proporcionará una renta mínima de entre 461 euros y 1.015 euros mensuales.
Podrán recibir esta prestación las personas que lo soliciten que tengan entre 23 y 61 años, a excepción de si viven con menores a su cargo, que acrediten residencia legal en España efectiva de forma ininterrumpida durante al menos un año antes de la solicitud. Los migrantes en situación irregular, excepto si son víctimas de violencia de género, de trata o de explotación sexual.
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital variará en función del número de menores que se tenga a cargo, en función de la renta y del patrimonio familiar, excluida la vivienda habitual. Según establece el real decreto, solo podrán acceder a ella las personas que en su declaración de la renta de 2019 acrediten no llegar a la Renta Mínima Garantizada. Quienes cumplan los requisitos y pidan la ayuda durante los próximos tres meses, se les reconocerá con efecto retroactivo desde el 1 de junio.
La solicitud debe realizarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (en la que habrá un asistente virtual y un simulador, así como un número 900) y, cuando la pandemia del coronavirus lo permita, también se podrá efectuar en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social. También, se podrá enviar la documentación por correo ordinario.
En este simulador del Ingreso Mínimo Vital podrá comprobar a cuánto podría ascender esta prestación. La ayuda comenzará a cobrarse el próximo 26 de junio.