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Subsidio empleadas del hogar

Las claves del nuevo subsidio de las empleadas del hogar: derecho a paro y protección ante el despido

La cotización de las empleadas de hogar comenzará en octubre, después de aprobarse la nueva normativa laboral.

El Consejo de Ministros aprueba hoy el subsidio por desempleo para las empleadas del hogar. Esta ayuda "pone fin a una injusticia absolutamente inaceptable", tal y como ha destacado el presidente del Gobierno.

Pedro Sánchez también ha asegurado que finalizará su legislatura con una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta alcanzar el 60% del sueldo medio, con el fin de "mantener los puestos de trabajo".

En este contexto, el jefe del Ejecutivo ha dejado claro que su máxima es reivindicar "la política útil". "La política debe impregnarse de lo que preocupa a la población, atender las necesidades y dar soluciones. Es la voluntad de este Gobierno", ha añadido.

¿Qué incluye el nuevo régimen laboral?

Cobrar prestación por desempleo

Hasta ahora las trabajadoras de este colectivo no cotizaban por desempleo, por lo que al quedar sin trabajo no tenían derecho a paro. Esta nueva medida reconocerá los derechos y la dignidad laboral del gremio y "hará realidad" el Convenio 189 de la Organización internacional del Trabajo (OIT) para garantizar el subsidio a las empleadas domésticas.

La jornada laboral máxima legal será de 40 horas semanales, y en el caso de las internas cuentan con 2 horas diarias para comer, que no se cuentan como tiempo de trabajo efectivo. Por otro lado, tienen derecho a 30 días de vacaciones que se pueden dividir en 2 o más periodos, siendo uno de ellos como mínimo de 15 días consecutivos.

Además, las amas de casa también tendrán derecho a percibir la pensión no contributiva de jubilación. En este caso se deben cumplir algunos requisitos: no estar cobrando ninguna pensión contributiva de jubilación o viudedad, tener, al menos, 65 años y residir en España.

Límites a la rescisión de contrato

De la misma forma la nueva ley limitará el despido por desistimiento, lo que le permite al empleador finalizar el contrato sin justificación alguna y sin alegar otras causas adicionales. Así, esta figura solo podrá aplicarse en caos en los que el empleador cambie sus circunstancias personales por causas sobrevenidas como quedarse en paro o incapacitado.

Equiparación con otros colectivos

El Gobierno tiene previsto que el nuevo régimen laboral, en el que cotizan ahora 373.120 personas, inicie su andadura el 1 de octubre. "Vamos a, no solamente concederles la prestación y los subsidios de desempleo a las trabajadoras del hogar, sino que les vamos a conceder exactamente los mismos derechos que cualquier trabajador o trabajadora tiene en nuestro país", ha detallado la ministra Yolanda Díaz.

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