BORRADOR DE LA REFORMA LABORAL
El mencionado fondo de capitalización debería estar operativo para todos los trabajadores que firmen un contrato indefinido a partir del 1 de enero de 2012.
El empresario aportará el equivalente a un número de días aún no definido por cada año trabajado, y el fondo se mantendrá durante toda la vida laboral del empleado.
Así, de las indemnizaciones que le correspondería pagar a la empresa en el momento del despido se descontarán estas aportaciones al fondo. Y la parte que el trabajador no reciba en caso de salir de la empresa, cambiar de ciudad de trabajo o recibir formación será cobrada en el momento de la jubilación.
DESPIDO PROCEDENTE POR PÉRDIDAS
Las empresas con pérdidas durante seis meses podrán despedir de manera procedente, pagando 20 días de indemnización, siempre que esas pérdidas se atribuyan a las empresas y no a los centros de trabajo. El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho también explicó que los contratos por obra deberán durar como mucho dos años, ampliable a tres.
Aumentará además la indemnización de despido de 8 a 12 días en los contratos temporales y se implantará el modelo alemán para reducir la jornada laboral entre el 10% y el 70%.
Se confirma además la creación de una Comisión de Arbitraje para resolver discrepancias relacionadas con los salarios, los horarios o la organización de la empresa.