CONDENADA EN CATALUÑA
Un juzgado de Lérida ha condenado a Bankia a devolver a un matrimonio los 180.000 euros que invirtieron en participaciones preferentes de la entidad financiera entre 2007 y 2010, mientras que dos jueces de Mataró (Barcelona) han condenado a la misma entidad a devolver 100.000 en preferentes a un matrimonio que tenía una pastelería y 86.000 más a una mujer con Alzheimer.
Una sentencia con fecha de 24 de julio del juzgado de Instrucción 3 de Lérida condena a Bankia a devolver 180.000 euros a un matrimonio de ancianos al declarar la nulidad del contrato de compra de participaciones preferentes.
Los mismo sucede en dos sentencias de los juzgados de Instrucción 2 y 3 de Mataró; el primero condena a la entidad bancaria a devolver 100.000 euros a un matrimonio que regentaba una pastelería, mientras que el segundo obliga a Bankia a devolver 86.000 euros a una mujer enferma de Alzheimer; en este caso la demanda fue presentada por los herederos.
Todas estas sentencias son de finales de julio y también condenan a Bankia a pagar intereses y las costas del proceso; los tres casos corresponden a sentencias de primera instancia, por lo que cabe recurso.