Fraudes fiscales
Le ley expone que el límite máximo para los pagos en efectivo son 1.000 euros, si se pasan, se podrá pagar una multa que irá hasta los 2.500 euros.
Es sabido que los métodos de pago a través de contactless o bizum están cada vez más a la orden del día. Es muy extraño ver que alguien no tenga estas herramientas para hacer pagos y cada vez más raro es que alguien pague con efectivo. Sin embargo, este dinero "en mano" se sigue moviendo aunque en menos cantidad de veces. Lo curioso es que, en ocasiones, se llega a mover demasiado dinero en efectivo y esto, a ojos de Hacienda, supone una multa de miles de euros.
Hace dos años, Hacienda introdujo la ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal donde se exponía que se reducen de los 2.500 euros a los 1.000 euros el límite de pagos en efectivo. Concretamente alegan que tras los buenos resultados de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude se motiva a "la modificación que se introduce en el régimen sustantivo de los pagos en efectivo, dirigida a profundizar en la lucha contra el fraude fiscal, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros".
Lo que quizás no se sabía es que si se hace un pago en efectivo superior a los 1.000 euros, esto conlleva una multa de hasta 2.500 euros.
Puede darse el caso de que se tengan que pagar más de 1.000 euros y para ello están las transferencias bancarias, que permiten realizar pagos sin declarar hasta los 10.000 euros. Esto lo establece la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales, que también señala que aunque el máximo sea 10.000 euros, la mayoría de bancos limita las transferencias a 6.000 euros. El artículo 34 de la misma ley prohíbe la entrada o salida del territorio nacional con medios de pago por un valor igual o superior también a 10.000 euros en moneda nacional o extranjera, así como los movimientos dentro del territorio nacional por un valor superior o igual a 100.000 euros en moneda nacional o extranjera.
Si se producen movimientos de más de 10.000 euros a través de transferencia bancaria, tendría que notificarse a la Agencia Tributaria ya que si no se realiza esto, las multas serían de 2.500 euros.
Hacienda tiene la potestad de investigar todas las operaciones que superen los 3.000 euros o aquellos en los que se paguen en efectivo con billetes de 500 euros.
Para recurrir a una multa de Hacienda, se puede hacer en el plazo de un mes desde la fecha de la notificación para presentar el recurso correspondiente. Todas las infracciones deben de ser pagados y cumplidas íntegramente, aunque existen casos específicos en los que se puede solicitar asistencia de un asesor para impugnar una multa injusta.
Otros países de la Unión Europea también tienen límites de pagos en efectivo. Es el ejemplo de Francia, que de 3.000 euros máximo en efectivo ahora se ha reducido (al igual que España) a los 1.000 euros. Italia, por su parte, antes tenía como máximo de pago 1.000 euros y ahora se pueden pagar hasta 3.000 euros en efectivo. Alemania no tiene ninguna limitación hasta ahora pero estudian situarla a los 5.000 euros.