Ley del Alquiler
El ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, no cede a las peticiones de Unidas Podemos y la ley del alquiler no limitará los precios máximos sino que incentivará a los propietarios que lo rebajen. La propuesta es modular la desgravación que ya existe del 60 % en el IRPF por el rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual. Este planteamiento ya ha sido entregado a la secretaria de Estado para la Agenda 2030, Ione Belarra. Los socios mantienen el pulso en la negociación del anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda.
Insiste la parte socialista del Gobierno en que donde se aplican sistemas de limitación de precios -como exige Podemos- no han demostrado su eficacia en otros países como Alemania o Francia.
Desgravaciones
Las medidas por las que apuesta el gobierno se enfocan a esas desgravaciones y no a precios máximos de alquiler:
-70 % de desgravación para alquiler de jóvenes entre 18 y 35 años, con una reducción adicional del 20 % (70 % en total). Para la vivienda protegida y casas recientemente rehabilitadas sería de un 10 % adicional (60 % en total), siempre que se hayan rehabilitado o mejorado en los últimos tres años con que un desembolso superior a seis meses de renta.
-En los casos de arrendamientos de inquilinos con "ingresos reducidos" aún no se establece el porcentaje.
-La norma establece la posibilidad de que las comunidades y ayuntamientos puedan declarar -como máximo por tres años- zonas de mercado residencial tensionado. Allí se apuesta por bonificar los alquileres inferiores a una renta máxima con un 20 % adicional, en caso de nuevas viviendas, y más de un 10 % si es respecto al contrato anterior (+ 40 %).
-Se propone dar una bonificación del 70% a los propietarios que cedan sus viviendas para alquiler social o asequible y lo hagan dentro de un plan público con comunidades o ayuntamientos.
-Incluye también la cesión o alquiler de vivienda a entidades sin ánimo de lucro especializadas en la atención a hogares o colectivos vulnerables.
-Ejemplos: si un propietario firma un nuevo contrato de alquiler y lo hace en una de esas zonas tensionadas con una rebaja del 10 % la renta del contrato anterior podrá beneficiarse de una reducción del 90 % sobre el rendimiento neto en su declaración. Si por ejemplo el contrato es de 700 euros mensuales y pide al nuevo inquilino 630 euros, tendría derecho a un beneficio fiscal en el IRPF de cerca de 950 euros al año.
Penalizaciones a los propietarios de 4 fincas que no alquilen
El proyecto de ley recoge que los ayuntamientos puedan aplicar el recargo en la cuota del impuesto de bienes inmuebles, del IBI, a los inmuebles de uso residencial que permanezcan desocupados más de dos años, y fija número mínimo de cuatro inmuebles por propietario, y establece una serie de causas justificadas de desocupación temporal como el traslado por razones laborales o de formación, el cambio de domicilio por razón de dependencia, salud o emergencia social o inmuebles destinados a segunda residencia que estén desocupados como máximo cuatro años.
Recoge también como excepción aquellos que lleven como máximo un año en venta o seis meses en alquiler en condiciones de mercado.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana asegura que su propuesta para la ley de vivienda es "de las más ambiciosas de Europa" y que hace compatible la contención de los precios de alquiler en el incremento de la oferta". Insisten además que cumple el pacto con Unidas Podemos.