A UN FONDO BUITRE

Anulan la venta de 3.000 viviendas públicas en Madrid a un fondo buitre en 2013

La decisión del juzgado ha sido motivada por la demanda de una mujer que accedió a una de estas viviendas. Ella denunciaba que, después de que las vendieran, sus condiciones empeoraron de forma muy llamativa.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid ha anulado la venta de 2.935 viviendas públicas de Madrid, del Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), al fondo de inversión Azora Gestión por parte del Gobierno regional en 2013, al considerar que "no se ajusta a derecho" y no está justificada por ningún "informe o análisis complementarios de carácter técnico, económico, financiero y legal".

El fallo señala que la enajenación de las viviendas repartidas en 32 promociones se justificó señalando que "no eran necesarias". No obstante, considera que esta afirmación ni está explicada ni justificada. "No se ofrece ni justifica la razón o el porqué dejan de ser necesarias dichas promociones, cuando juntan un total de 2.935 viviendas que cumplen una labor social, como es la de proporcionar a clases desfavorecidas una vivienda digna", argumenta la sentencia.

Se indica además que falta el "requisito de innecesariedad de dichas promociones de patrimonio de la Comunidad de Madrid" y que la venta "supone toda una alteración del programa de actuación del IVIMA". Las casi 3.000 viviendas pertenecían al Plan Joven del Instituto de la Vivienda de Madrid, que fueron vendidas por un importe de 201 millones de euros, casi un 20% más respecto el precio fijado de salida (168,9 millones).

Se trata de pisos de uno y dos dormitorios con un máximo de 70 metros cuadrados de superficie. Las viviendas están ubicadas en las localidades de Madrid (1.380 pisos), Móstoles (259), Torrejón de Ardoz (224), Tielmes (21), Parla (240), Collado Villalba (44), Majadahonda (332), Navalcarnero (192), Leganés (36), Valdemoro (80) y Arroyomolinos (127).

La anulación de esta venta viene recogida en la misma sentencia por la que este juzgado estima la demanda de una vecina de Navalcarnero por la que se anula la transmisión de su contrato de alquiler del IVIMA al fondo buitre. Contra la sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de quince días.

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