ERTE
El Gobierno y los agentes sociales han logrado cerrar un acuerdo este jueves para prorrogar las condiciones de los ERTE relacionados con el COVID-19 hasta el 30 de septiembre.
Destacan dos medidas: el mantenimiento de los ERTE de fuerza mayor total para las empresas que aún no han vuelto a la actividad y la posibilidad de que las empresas que se vean obligadas a cerrar de nuevo por culpa de un rebrote del coronavirus pueden acogerse a estos procedimientos.
A los ERTEs de fuerza mayor total vigentes actualmente (aquellos que tienen a todos sus trabajadores suspendidos de empleo) se les aplicará una exención en las cotizaciones empresariales del 70% en julio, del 60% en agosto y del 35% en septiembre en el caso de empresas con menos de 50 trabajadores.
Para las empresas con más de 50 empleados, la exoneración de cuotas será del 50% en julio, del 40% en agosto y del 25% en septiembre.
Estos porcentajes sbajan respecto a los establecidos hasta el 30 de junio, que eran del 100% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las de más de 50, pero a cambio esta figura no desaparece con la llegada del 30 de junio.
En el caso de empresas que actualmente están activas pero que se vean obligadas a cerrar como consecuencia de un rebrote del virus, se permitirá que puedan acogerse a un ERTE de fuerza mayor total, que contaría con una exoneración de cuotas para las empresas del 80% si su plantilla es inferior a 50 trabajadores y del 60% si tiene más de 50 empleados.
Los ERTEs de causas objetivas pasarían así a tener exenciones de cuotas, antes sólo aplicables a los ERTEs de fuerza mayor. El objetivo es facilitar la transición de los segundos a los primeros ahora que ya ha finalizado el estado de alarma.
El acuerdo, que se aprobará este viernes en un Consejo de Ministros extraordinario en forma de Real Decreto-ley, prohíbe a las empresas en ERTEs la realización de horas extraordinarias, el establecimiento o la reanudación de externalizaciones de la actividad y la concertación de nuevos contratos, ya sean de mera directa o a través de una empresa de trabajo temporal (ETT).