Real Madrid
La Junta Electoral abre un plazo del 14 al 23 de mayo para la presentación de candidaturas a la presidencia del Real Madrid.
Ya hay fechas para la presentación de las candidaturas a la presidencia del Real Madrid. Tan solo dos días después de que Florentino Pérez anunciara el adelanto electoral en una histórica rueda de prensa, la Junta Electoral ha confirma un plazo de diez días (del 14 al 23 de mayo) para la presentación de las candidaturas.
"La Junta Electoral, de conformidad con lo que dispone el artículo 38 de los estatutos sociales, ha acordado convocar elecciones a Presidente y Junta Directiva. Esta Junta Electoral, al amparo de lo dispuesto en el artículo 40 de los citados estatutos sociales, hace pública dicha convocatoria y el inicio del proceso electoral, que se desarrollará con arreglo al siguiente calendario y normas básicas", reza el comunicado oficial publicado en la página web del Real Madrid.
La presentación de candidaturas, a esta hora solo está confirmada la de Florentino Pérez -Enrique Riquelme lo está valorando-, irá del 14 al 23 de mayo. Sólo si hay más de una candidatura que cumpla con los requisitos, se anunciarán las fechas de las elecciones a la presidencia del Real Madrid.
"En el supuesto de que resulte proclamada más de una candidatura, la Junta Electoral hará pública la fecha y el lugar de celebración de las votaciones", detalla el comunicado.
Según los estatutos sociales del Real Madrid, cualquiera que quiera optar a la presidencia del Real Madrid debe cumplir con una serie de requisitos, como contar con 187 millones de euros de aval y sumar, al menos, veinte años de socio.
Los 187 millones de euros de aval corresponden al 15 % del presupuesto general de gastos del club, que llegó al récord de 1.248 millones de euros para la temporada 2025-2026.
Los siete requisitos para ser candidato son los siguientes:
1. Ser español.
2. Ser mayor de edad y con plena capacidad de obrar.
3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de los deberes sociales.
4. Ser socio del Club con, al menos, veinte años de antigüedad ininterrumpida -19- para el caso del Presidente, quince años para el caso de los Vicepresidentes y diez años en los demás casos.
5. No estar sujeto a sanción que lo inhabilite para desempeñar cargos directivos.
6. No ostentar cargo directivo en otros Clubes de Fútbol, ni encontrarse en activo como Jugador, Árbitro, Entrenador o Técnico de los mismos en el momento de la proclamación como candidato.
7. Aportar, en su momento, aval bancario en los términos, condiciones y cuantía que establece la Ley 10/1990 y demás disposiciones aplicables y conforme a los requisitos exigidos en los números 3º y 4º del apartado C del presente artículo.
Los cuarto requisitos para las candidaturas:
1. La Expresión de, al menos, el Presidente y de un número de vocales no inferior a nueve.
2. Estar suscrita por los Candidatos con firma legitimada y manifestación formal de aceptación de la proposición.
3. Acompañar pre-aval bancario de cualquier Entidad de Crédito, Banco o Caja de Ahorros registrada en el Registro de Entidades del Banco de España, garantizando como mínimo un quince por ciento (15 %) del presupuesto general de gastos del Club y en cuyo texto se hará constar que éste se convertirá automáticamente en aval definitivo en el caso de que dentro del procedimiento electoral actualmente en curso, resultase elegida dicha candidatura a Presidente y Junta Directiva del Real Madrid Club de Fútbol y una vez el candidato a Presidente del Real Madrid Club de Fútbol tome posesión del cargo.
4. En dicho aval deberá hacerse constar por la Entidad de Crédito, Banco o Caja de Ahorros que lo emita, que el mismo ha sido concedido teniendo en cuenta el patrimonio personal de los candidatos, y con la única y exclusiva garantía del patrimonio personal de dichos candidatos a la Junta Directiva.