'CASO CODESPORT'

Agapito Iglesias, condenado a cuatro años de prisión por malversación de caudales públicos

La Audiencia Provincial de Zaragoza condena a cuatro años de prisión a Agapito Iglesias, el ex propietario del Real Zaragoza y empresario, por malversación de caudales públicos en el denominado 'caso Codesport'. Agapito, como administrador único de la empresa Codesport S.A, ha sido condenado por actuar con un evidente ánimo de lucro ilícito.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a cuatro años de prisión al ex propietario del Real Zaragoza y empresario, Agapito Iglesias; el gerente de la Plataforma Logística de Zaragoza (PLAZA), Ricardo García Becerril, y al ex viceconsejero de Obras Públicas del Gobierno de Aragón y ex consejero delegado de PLAZA, Carlos Escó, por malversación de caudales públicos, por el denominado 'caso Codesport' o 'caso Naves'. La sentencia establece que la cantidad de lo malversado asciende a 8,7 millones de euros.

Han quedado absueltos de los otros delitos que se les imputaban. La cuarta persona que figuraba como acusada, el exdirector técnico de PLAZA, Miguel Angel Pérez Cervantes, ha sido absuelta.

El 25 de septiembre de 2015 quedó visto para sentencia el juicio por el presunto sobrecoste en la construcción de 119 naves en la mencionada Plataforma Logística, adjudicadas a Codesport, empresa de Agapito Iglesias, y que iban a ser vendidas después a la firma Autocity.

A Ricardo García Becerril y Carlos Escó, exviceconsejero en el Gobierno socialista de Marcelino Iglesias, se les considera coautores materiales del delito de malversación de caudales públicos, al ser ambos los que firmaron cuatro pagarés, cuyo importe total ascendía a 8.710.140,80 euros, y siendo conocedores de que no debían pagar las cuatro facturas que de forma insistente les reclamaba Agapito Iglesias, según apunta la sentencia.

Agapito Iglesias, administrador único, apoderado y legal representante de Codesport S.A. ha sido condenado como coautor del mencionado delito por actuar con evidente ánimo de lucro ilícito, al obtener el pago de los 8.740.140,80 euros a costa de PLAZA, "y a sabiendas de que PLAZA no se los debía, sino Autocity S.L., pero este detalle le importó muy poco, porque lo único que él quería era cobrar esos 8.740.140,80 euros", indica el texto de la sentencia.

Los magistrados consideran a Agapito Iglesias "inductor" por su condición de "extraneus" al no tener la cualidad de funcionario público. "Estuvo presionando a los acusados Ricardo García Becerril y Carlos Escó hasta que consiguió convencerles de que le pagaran las cuatro facturas".

Los tres deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a PLAZA con la cantidad de 8.740.140,80 euros, en concepto de responsabilidad civil, y asimismo han sido condenados cada uno de ellos a la pena de inhabilitación absoluta por plazo de diez años.

Por lo que se refiere al tercer acusado, Miguel Angel Pérez coinciden los magistrados en que nada tuvo que ver con las cuatro facturas ni con el libramiento de esos cuatro pagarés, ya que no certificó el ajuste de las mismas a los trabajos en ellos aludidos, y se ha constatado que no falseó jamás ninguna de las múltiples certificaciones de obras que fue haciendo.

"No certificó nada de esos sobrecostes y revisiones de precios ni ello le fue pedido por los acusados García Becerril y Escó", por lo que ha sido absuelto con todos los pronunciamientos favorables de todos los delitos de los que se le acusaba.

"INADMISIBLE DISPENDIO"

"Era perfectamente evitable el pago de esas cuatro facturas pues no cabían sobrecostes ni revisión de precios frente a PLAZA S.A. Por tanto, el pago de esas cuatro facturas fechadas mediante los cuatro pagarés librados por los acusados constituyen un inadmisible dispendio doloso a costa de PLAZA y constitutivo tal pago de un delito de malversación de caudales públicos".

La Sala considera como hechos probados los constitutivos de un único delito de malversación de caudales públicos y excluye la calificación alternativa del delito societario continuado de administración desleal solicitada por el Ministerio Fiscal, tal y como sostuvieron en sus conclusiones definitivas en el juicio el fiscal, las dos acusaciones particulares y la acusación popular.

Para el tribunal, los acusados Ricardo García Becerril y Carlos Escó no eran unos simples particulares administradores o socios de una sociedad mercantil privada, sino que "participaban tres de ellos de la condición de funcionarios públicos a efectos penales, en cuanto administradores de una sociedad pública con forma mercantil".

"Nos hallamos ante una malversación de especial gravedad atendiendo al valor de las cantidades sustraídas (8.790.138 euros), lo cual necesariamente causó un notorio perjuicio a la sociedad pública PLAZA S.A".

La sentencia absuelve a los tres condenados de los demás delitos que se les imputaban por las acusaciones: delito societario, estafa, apropiación indebida y administración desleal.

La sentencia de la Sección Sexta ha contado con un voto particular formulado por el magistrado Alfonso Ballestín, que considera que debió absolverse a Carlos Escó Samperiz y a Agapito Iglesias, y muestra su conformidad con el resto de la sentencia.

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