Caso Dani Alves
Ester García ha recalcado que es la pena "más baja" que ha visto en 20 años de su despacho, especializado en violencia sexual.
Dani Alves ha sido condenado esta mañana a una pena de cuatro años y medio de cárcel por una violación a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona el 31 de diciembre de 2022.
Tras conocerse la sentencia, la abogada de la víctima, Ester García, ha anunciado que recurrirá la sentencia al considerarla "mínima": "Desde un punto jurídico debe recurrirse", ha explicado García desde su despacho.
No obstante, también ha asegurado que su representada está satisfecha con dicha sentencia: "Por fin me han creído", ha revelado la abogada sobre las palabras que le ha comunicado su clienta.
En el caso de que la víctima así lo quiera, la letrada recurrirá la sentencia para revocar la atenuante de reparación de daño que, según su criterio, no debe aplicarse: "Alves no ha mostrado ni esfuerzo económico ni un esfuerzo moral. La pena no tiene absolutamente nada que ver con la reforma legal: la reforma legal hubiera permitido establecer una pena mucho más alta", señaló.
La abogada de la víctima señaló que le preocupa el hecho de "que se transmita a la sociedad que las personas que puedan tener una capacidad económica importante puedan ver reducida su pena si pueden consignar una cantidad importante de indemnización".
Por otra parte, Ester García ha hecho hincapié en que es la pena más baja que ha tenido su despacho, especializado en violencia sexual, "en más de 20 años". Hay que tener en cuenta que la Fiscalía pedía 9 años de cárcel y la acusación particular 12.
En cuanto a la sentencia completa, el ex del Barça también deberá indemnizar a la víctima con 150.000 euros, tendrá prohibido acercarse al domicilio o lugar de trabajo de la víctima a menos de 1.000 metros y comunicarse con ella por cualquier medio durante el tiempo de 9 años y 6 meses.
La pena a la que se enfrentará Dani Alves ha sido detallada y explicada por el tribunal de esta manera: "el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir". Con todo esto, consideran probado que se cumple "el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia y con acceso carnal".
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