CALENDARIO ELECTORAL TRAS LAS ELECCIONES
Así serán los plazos tras las elecciones para elegir presidente del Congreso y del Gobierno
A partir de este lunes, el Gobierno de Rajoy pasa a estar en funciones y sólo puede adoptar decisiones de trámite. Así se mantendrá hasta la investidura del nuevo presidente y el nombramiento de su Ejecutivo. Habrá que aguardar al 13 de enero para proceder a la constitución de las nuevas Cortes, ese día los 350 diputados toman posesión y tendrán que elegir en una primera votación al presidente del Congreso por mayoría absoluta. Si no se consigue, habrá una segunda donde valdrá la mayoría simple.
El calendario político, la única certidumbre después de conocer cómo ha quedado el Hemiciclo, es que la ley dice que pasados máximos 25 días de las elecciones han de convocarse las Cortes. La fecha de la que se habla en el Congreso es el 13 de enero.
Ese día, los 350 diputados tienen que tomar posesión de su cargo y jurar o prometer su cargo, tras lo cual se ha de elegir a un presidente del Congreso, en principio por mayoría absoluta, algo que difícilmente ocurra, por lo que se iría a una segunda votación en la que basta la mayoría simple.
Una vez elegido el presidente del Congreso hay que fijar una fecha para el debate de investidura, para lo que la ley no marca fechas, plazos, ni límites. La historia dice que todos los presidentes son investidos más o menos un mes después de haber sido votados, con una excepción, en el año 1996 José María Aznar necesitó dos meses en llegar a un pacto con los nacionalistas catalanes, vascos y canarios para lograr la investidura.
Cuando se celebre ese primer debate de investidura hay que elegir al presidente con mayoría absoluta, sino, dos días después se elegiría con mayoría simple. A partir de ahí se pueden producir todas las votaciones que se quiera aunque con un plazo: desde el primer debate de investidura hay dos meses para elegir presidente, y si no, nuevas elecciones.