RIVERA NO APOYARÁ A QUIEN NO LO FIRME
Las diez condiciones para pactar con Ciudadanos
Entran en vigor las medidas del pacto contra la corrupción que Ciudadanos exige como condición para realizar acuerdos con otros partidos. Albert Rivera ha asegurado que aquellos partidos que quieran pactar con Ciudadanos tendrán que firmar un "pacto anticorrupción".
Casi la mitad de las medidas del pacto contra la corrupción que exige Ciudadanos como condición previa a alcanzar acuerdos con otros partidos ya está en vigor, pero también incluye cuestiones novedosas como que un partido tenga que responder patrimonialmente por sus corruptos, lo que podría afectar de lleno al PP, cuyos últimos tesoreros se sientan en el banquillo por la llamada 'Caja B' destapada en los 'papeles' de Luis Bárcenas.
El presidente de Ciudadanos (C's), Albert Rivera, aseguró este miércoles en Santander que "todos los partidos" con los que su formación pueda llegar a algún tipo de acuerdo puntual o de estabilidad tendrán que firmar su "pacto anticorrupción", el mismo quereclama a la socialista Susana Díaz para votar su investidura en Andalucía.
¿IMPUTADOS O ENCAUSADOS?
1. Separar de inmediato de cualquier cargo, público o de partido, a imputados por corrupción política hasta la resolución completa del procedimiento judicial: El PP se comprometió con el PSOE y otras fuerzas de la oposición a apartar a los políticos y cargos públicos a los que se imputa un delito de corrupción ante la apertura de un juicio oral. Lo que no aceptan es la mera imputación, y de hecho la próxima reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil aclara la confusión distinguiendo entre investigados (aún sin responsabilidad determinada) y encausados (ya sospechosos de un delito concreto).
2. Responsabilidad patrimonial subsidiaria de los partidos políticos en casos de corrupción de sus cargos públicos: Esto no se recoge en las leyes en vigor y podría afectar de lleno al PP, cuyos extesoreros están pendientes de juicio por el caso de la Caja B, o incluso al PSOE, algunos de cuyos militantes están imputados en la trama de los ERE.
3. Apartar de cualquier cargo público o de partido a todo representante que haya falsificado o engañado en relación a su currículum o su cualificación profesional o académica. No está contemplado en la legislación actual.
4. Prohibir que las empresas hagan donaciones a los partidos, reducir a 50.000€ las de las personas físicas y notificar al Tribunal de Cuentas en el plazo de tres meses las donaciones mayores de 25.000 euros: Las tres cuestiones ya están contemplado en la nueva ley que regula la actividad económica y financiera de los partidos políticos, en vigor desde abril.
5. Prohibir las donaciones por parte de presidentes, consejeros delegados u otros directivos con responsabilidad directa o indirecta en la gestión de contratos con la Administración: La nueva ley no impide que un alto directivo de una empresa haga una donación a un partido a título particular; mientras quede registrada y respete los límites, no hay obstáculo.
6. Prohibir las condonaciones de los créditos bancarios a partidos políticos: Ya esta en vigor en la reciente ley que regula la actividad económica de los partidos.
7. Tipificar el delito de financiación ilegal de partidos políticos en el Código Penal con responsabilidad penal de los partidos políticos y sindicatos: Ya se contempla en la reciente reforma del Código Penal.
8. Obligar a los partidos a publicar en su página web sus reglamentos, estatutos, cuentas, ingresos y gastos electorales, presupuestos y procedimientos de control internos: Todo ello está contemplado en la ley que regula a actividad de los partidos, que además obliga a cada formación a publicar su balance y cuenta de resultados, incluyendo los créditos pendientes, su importe, plazo de amortización y la entidad a la que deben, así como las subvenciones y donaciones recibidas de más de 25.000 euros.
9. Exigir a los partidos la creación de un órgano interno anticorrupción con funciones preventivas y de control: No está en la nueva ley de partidos, que sí recoge la figura del responsable económico de los partidos al que se puede citar en el Congreso y exigir cuentas.
10. Elegir a los candidatos mediante un sistema de elecciones primarias: la ley no entra en detalle de cómo deben elegirse a los candidatos, pero sí recalca que "el procedimiento para la elección de los órganos directivos, bien directamente o por representación, deberá garantizar en todo caso la participación de todos los afiliados mediante sufragio libre y secreto, y los procedimientos de control democrático de los dirigentes electos".
El PP, por boca de su portavoz en el Congreso, Rafael Hernando, ha defendido su propio sistema de selección de candidatos y ya ha recordado que ni siquiera todos los cabezas de cartel de Ciudadanos para los comicios de mayo han pasado por ese proceso deprimarias. Según el PP, un partido no debe imponer a otro cómo elige a sus candidatos.